Empleo público del Diario Oficial de Extremadura en el día 19-06-2025
Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Subvenciones. (2025040101)
Extracto de la convocatoria incluida en el Decreto 49/2025, de 3 de junio, por la que se convocan subvenciones destinadas a la retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto y la instalación de medidas de protección de caídas de altura en los centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Extracto de la convocatoria incluida en el Decreto 49/2025, de 3 de junio, por la que se convocan subvenciones destinadas a la retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto y la instalación de medidas de protección de caídas de altura en los centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.Jueves 19 de junio de 2025
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EXTRACTO de la convocatoria incluida en el Decreto 49/2025, de 3 de junio,
por la que se convocan subvenciones destinadas a la retirada de cubiertas
ligeras que contengan materiales con amianto y la instalación de medidas
de protección de caídas de altura en los centros de trabajo de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. (2025040101)
BDNS(Identif.): 840379
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ) y en el presente Diario
Oficial de Extremadura.
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias las personas y entidades personas físicas o jurídicas y las agrupaciones de personas físicas y jurídicas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, las
comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado,
aun careciendo de personalidad jurídica, siempre que, cumplan los requisitos enumerados
en el artículo 3 del Decreto 49/2025, de 3 de junio de 2025, tengan un mínimo de tres personas trabajadoras por cuenta ajena de media en los últimos doce meses, tengan actividad
económica en la Comunidad Autónoma de Extremadura, realicen las inversiones objeto de
subvención conforme a lo establecido en las bases reguladoras, en centros de trabajo situados
en Extremadura, y sean propietarios/as o arrendatarios/as de los inmuebles donde se sitúen
dichos centros de trabajo.
Segundo. Objeto y actuaciones subvencionables.
Concesión de subvenciones para la retirada de cubiertas con amianto y la instalación de líneas
de vida permanentes para evitar riesgos de caída en altura en los centros de trabajo de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Son actuaciones subvencionables la realización de forma individualizada o en conjunto de las
siguientes inversiones:
— Línea de ayuda 1: retirada en los centros de trabajo de cubiertas ligeras que contengan
materiales con amianto, realizada por empresa especializada inscrita en el Registro de
Empresas con Riesgo por Amianto (RERA), de acuerdo con el artículo 17 del Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de
seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto.
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