Empleo público del Diario Oficial de Extremadura en el día 20-01-2026
Presidencia De La Junta. Conciliación Familiar. Ayudas. (2026040008)
Extracto de la convocatoria correspondiente a la anualidad 2026 por la que se aprueban las ayudas a la contratación de personas empleadas de hogar, como medida de fomento para facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral correspondiente de las familias extremeñas.
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Extracto de la convocatoria correspondiente a la anualidad 2026 por la que se aprueban las ayudas a la contratación de personas empleadas de hogar, como medida de fomento para facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral correspondiente de las familias extremeñas.Martes 20 de enero de 2026
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EXTRACTO de la convocatoria correspondiente a la anualidad 2026 por la que
se aprueban las ayudas a la contratación de personas empleadas de hogar,
como medida de fomento para facilitar la conciliación de la vida personal,
familiar y laboral correspondiente de las familias extremeñas. (2026040008)
BDNS(Identif.): 881469
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/881469 )
Primero. Objeto y finalidad.
Mediante el Decreto de bases reguladoras se establece la primera convocatoria, para el ejercicio 2026, de subvenciones destinadas a nuevas contrataciones o al mantenimiento de contratos como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal,
familiar y laboral.
La presente convocatoria se regirá por las normas contenidas en el Decreto 164/2025, de 2
de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a nuevas contrataciones o al mantenimiento de contratos suscritos con personas empleadas de hogar, como
medida de fomento para facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las
familias extremeñas, y se aprueba la primera convocatoria.
Segundo. Personas beneficiarias y requisitos Generales.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas que realicen una nueva contratación o mantengan un contrato firmado a partir del 1 de enero de 2024 de una persona en
situación de desempleo y/o en riesgo de vulnerabilidad, para el cuidado, en el domicilio, de
hijos o de hijas menores de 14 años o familiares de primer o segundo grado de consanguineidad o afinidad con una discapacidad reconocida igual o superior al 33% y que cumplan
con los requisitos y realicen la actuación subvencionable establecidos en los artículos 4 y 6
respectivamente, del Decreto de bases reguladoras.
Tercero. Bases Reguladoras.
Las bases reguladoras de la presente convocatoria son las contenidas en el Decreto 164/2025,
de 2 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a nuevas
contrataciones o al mantenimiento de contratos suscritos con personas empleadas de hogar,
como medida de fomento para facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de
las familias extremeñas, y se aprueba la primera convocatoria.
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