Empleo público del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 20-12-2023
B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231220-4)
Concurso de méritos – Orden de 11 de diciembre de 2023, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden de 22 de septiembre de 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de octubre de 2023), para la provisión de un puesto de trabajo por el procedimiento de Concurso de Méritos en la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
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Concurso de méritos – Orden de 11 de diciembre de 2023, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden de 22 de septiembre de 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de octubre de 2023), para la provisión de un puesto de trabajo por el procedimiento de Concurso de Méritos en la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos SocialesB.O.C.M. Núm. 302
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 20 DE DICIEMBRE DE 2023
Pág. 15
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
4
ORDEN de 11 de diciembre de 2023, de la Consejera de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden de 22 de septiembre de 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 3 de octubre de 2023), para la provisión de un puesto de trabajo por
el procedimiento de Concurso de Méritos en la Consejería de Familia, Juventud
y Asuntos Sociales.
Por Orden de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de 22 de septiembre de 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de octubre de 2023),
se aprobó convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la citada Consejería por el procedimiento de Concurso de Méritos.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10 de
abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Ley 4/1989, de 6 de abril, de Provisión de Puestos de
Trabajo reservados a Funcionarios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 4 de mayo de 1989); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la
Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las
convocatorias para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril); la
Orden 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el
sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los
concursos de provisión de puestos de trabajo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 7 de septiembre) y, en lo no previsto por las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del
personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de
trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General
del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril), así como las demás prescripciones
contenidas en las bases de convocatoria correspondientes.
De acuerdo con la propuesta efectuada por la Junta de Méritos y el informe favorable
emitido por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y en virtud de la competencia
atribuida en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Segundo
Recursos
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante
los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del
día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin
perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 11 de diciembre de 2023.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, P. D. (Orden 1558/2021, de 28 de septiembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 7 de octubre de 2021), la Secretaria General Técnica, Lubima Jivkova Kosseva.
BOCM-20231220-4
Primero
Objeto
Se declara desierto el puesto de trabajo convocado según figura en el Anexo.
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