Empleo público del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 25-03-2024

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
25/03/2024 Empleo

C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240325-8)

Delegación competencias –  Orden 984/2024, de 15 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y se designa con carácter permanente a los miembros de las Mesas de Contratación de la Consejería

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Delegación competencias –  Orden 984/2024, de 15 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y se designa con carácter permanente a los miembros de las Mesas de Contratación de la Consejería
Página 1 del anuncio BOCM
Pág. 26

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 72

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
8

ORDEN 984/2024, de 15 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y
se designa con carácter permanente a los miembros de las Mesas de Contratación de la Consejería.

Mediante el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de
Madrid, dictado en virtud de lo dispuesto en el artículo 19.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, se estableció el número y denominación de las Consejerías.
En el mencionado Decreto se incluye la creación de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, a la que se le atribuyen las competencias hasta entonces correspondientes a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, con excepción de
las competencias en materia de vivienda, e igualmente, le corresponden las competencias
en materia de Interior y Dirección de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112.
Posteriormente, mediante Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, se
establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, determinando en su artículo 7 la estructura básica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior. En consonancia con ello se ha aprobado el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
Como consecuencia del cambio de estructura de la Consejería y con el fin de facilitar
la gestión administrativa de acuerdo con los principios generales de eficacia y eficiencia,
procede establecer un nuevo régimen de delegación de competencias de la persona titular
de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
En uso de las facultades conferidas por el artículo 52 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 8 y 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público,
RESUELVO
Primero
1. Se delega en las personas titulares de las direcciones generales la aprobación de
gastos hasta 225.000 euros, respecto de los expedientes promovidos por las unidades administrativas que les estén adscritas.
2. Se delega en la persona titular de la viceconsejería la aprobación de gastos superiores a 225.000 euros, respecto de los expedientes promovidos por los órganos y unidades
administrativas que le estén adscritos.
3. Se delega en la persona titular de la Secretaría General Técnica la aprobación de gastos, independientemente de su cuantía, respecto de los expedientes promovidos por las unidades administrativas que le estén adscritas, excepto la aprobación de los gastos en materia de
juego que se delegan en la persona titular de la Dirección General de Suelo hasta 225.000 euros
y en el titular de la viceconsejería si son superiores.
4. Se delega en la persona titular de la Secretaría General Técnica la aprobación de
los gastos en materia de personal, independientemente de su cuantía, cualesquiera que
sean los programas presupuestarios a los que se encuentren adscritos, y los relativos a convenios, según establece el apartado octavo de esta Orden.
5. Las competencias que en materia de aprobación de gastos se delegan en los apartados anteriores se entenderán siempre referidas a las distintas fases del gasto a que hace re-

BOCM-20240325-8

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