Empleo público del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 27-06-2024
B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240627-1)
Concurso de méritos – Orden de 17 de junio de 2024, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden de 21 de marzo de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de abril de 2024), para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por el procedimiento de Concurso de Méritos
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Concurso de méritos – Orden de 17 de junio de 2024, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden de 21 de marzo de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de abril de 2024), para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por el procedimiento de Concurso de MéritosBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 18
JUEVES 27 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 152
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
1
ORDEN de 17 de junio de 2024, del Consejero de Presidencia, Justicia y
Administración Local, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden de 21 de marzo de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID de 4 de abril de 2024), para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por el procedimiento de Concurso de Méritos.
Por Orden de 21 de marzo de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 4 de abril de 2024), del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, se
aprobó convocatoria pública para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en dicha Consejería, por el procedimiento de Concurso de Méritos.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10 de
abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Ley 4/1989, de 6 de abril, de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de mayo de 1989); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería
de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias
para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril); la Orden 2094/1990, de 31 de
agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en
las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre) y, en lo no previsto por las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado
y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles
de la Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril), así
como las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria correspondientes.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de
la Función Pública de la Comunidad de Madrid, por el cual se atribuye a los respectivos Consejeros la competencia para la resolución de las convocatorias para la provisión de puestos de
trabajo, y de acuerdo con la propuesta de adjudicación efectuada por la Junta de Méritos y el
informe favorable emitido por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
RESUELVO
Primero
Objeto
Adjudicar los puestos de trabajo 144, 146 y 78899 a las funcionarias que figuran en el
Anexo.
Segundo
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días. Dicho
plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al de la publicación de la presente resolución, salvo que el cese
haya sido formalmente diferido o aplazado por el órgano competente.
El cómputo de los citados plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos
o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados, salvo que, por causas
justificadas, el órgano que los concedió acuerde suspender el disfrute de los mismos.
2. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
será el que establezca la orden de reingreso, conforme a lo previsto en la normativa aplicable.
BOCM-20240627-1
Plazo de toma de posesión
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