Empleo público del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 18-10-2024
B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20241018-10)
Concurso de méritos – Orden de 8 de octubre de 2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de 7 de junio de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de junio), para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en dicha Consejería por el procedimiento de Concurso de Méritos
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Concurso de méritos – Orden de 8 de octubre de 2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de 7 de junio de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de junio), para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en dicha Consejería por el procedimiento de Concurso de MéritosBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 249
VIERNES 18 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 35
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
10
ORDEN de 8 de octubre de 2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de 7
de junio de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de junio), para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en dicha Consejería por el procedimiento de Concurso de Méritos.
Por Orden del Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de 7 de junio
de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de junio), se aprobó convocatoria pública para la provisión de varios puestos de trabajo en la citada Consejería por
el procedimiento de Concurso de Méritos.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10
de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Ley 4/1989, de 6 de abril, de Provisión de Puestos de Trabajo Reservados a Funcionarios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID 4 de mayo de 1989); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de
la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en
las convocatorias para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril); la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los
concursos de provisión de puestos de trabajo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 7 de septiembre); y, en lo no previsto por las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de
Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril), así como las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria correspondientes.
De acuerdo con la propuesta efectuada por la Junta de Méritos y el informe favorable
emitido por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y en virtud de la competencia
atribuida en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la
Comunidad de Madrid,
RESUELVO
Primero
Objeto
Se adjudican los puestos de trabajo 1679 y 36951 a las funcionarias que figuran en el
Anexo. Se declara desierto el puesto 3395.
Segundo
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días. Dicho
plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al de la publicación de la presente resolución, salvo que el cese
haya sido formalmente diferido o aplazado por el órgano competente.
El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias
que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados, salvo que, por causas justificadas,
el Órgano que los concedió acuerde suspender el disfrute de los mismos.
2. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será el que establezca la orden de reingreso, conforme a lo previsto en la normativa
aplicable.
BOCM-20241018-10
Plazo de toma de posesión
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