Empleo público del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 15-04-2025
B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20250415-4)
Concurso de méritos – Orden 668/2025, de 3 de abril, de la Consejería de Sanidad, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden 2277/2024, de 30 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de enero de 2025), para la provisión de puestos de trabajo por el procedimiento de Concurso de Méritos en la Consejería de Sanidad
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Concurso de méritos – Orden 668/2025, de 3 de abril, de la Consejería de Sanidad, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden 2277/2024, de 30 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de enero de 2025), para la provisión de puestos de trabajo por el procedimiento de Concurso de Méritos en la Consejería de SanidadPág. 20
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 15 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 89
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Sanidad
4
ORDEN 668/2025, de 3 de abril, de la Consejería de Sanidad, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden 2277/2024, de 30 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de enero de 2025),
para la provisión de puestos de trabajo por el procedimiento de Concurso de Méritos en la Consejería de Sanidad.
Por Orden de la Consejera de Sanidad 2277/2024, de 30 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de enero de 2025), se aprobó convocatoria pública para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la citada Consejería por el procedimiento de Concurso de Méritos.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10
de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Ley 4/1989, de 6 de abril, de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de mayo de 1989); el Decreto 188/2021, de 21 de julio,
del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de
los participantes en procesos selectivos (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 23 de julio); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de Hacienda, por la que
se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para provisión de
puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril); la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, de
la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre) y, en lo no
previsto por las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril), así
como las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria correspondientes.
De acuerdo con la propuesta efectuada por la Junta de Méritos y el informe favorable
emitido por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y en virtud de la competencia
atribuida en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la
Comunidad de Madrid,
RESUELVO
Primero
Objeto
Declarar desiertos los tres puestos de trabajo convocados que figuran en el Anexo.
Segundo
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante
los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del
día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin
perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Pro-
BOCM-20250415-4
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