Empleo público del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 16-05-2025
B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250516-2)
Concurso de méritos – Orden 1186/2025, de 7 de mayo, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden 5750/2024, de 17 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de enero de 2025) de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, para la provisión de puestos de trabajo por el procedimiento de Concurso de Méritos
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Concurso de méritos – Orden 1186/2025, de 7 de mayo, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden 5750/2024, de 17 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de enero de 2025) de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, para la provisión de puestos de trabajo por el procedimiento de Concurso de MéritosBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 116
VIERNES 16 DE MAYO DE 2025
Pág. 11
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
2
ORDEN 1186/2025, de 7 de mayo, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden 5750/2024,
de 17 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de enero de 2025) de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, para la provisión de puestos de trabajo por el procedimiento de Concurso de Méritos.
Por Orden 5750/2024, de 17 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de enero de 2025) se
aprobó convocatoria pública para la provisión de puestos de trabajo vacantes en dicha Consejería por el procedimiento de Concurso de Méritos.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10 de
abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Ley 4/1989, de 6 de abril, de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 4 de mayo de 1989); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de
Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para
provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril); la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las
diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre) ;el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo
y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado
(“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril), así como las demás prescripciones contenidas
en las bases de convocatoria correspondientes.
De acuerdo con la propuesta efectuada por la Junta de Méritos y el informe favorable
emitido por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y en virtud de la competencia
atribuida en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la
Comunidad de Madrid,
RESUELVO
Primero
Objeto
Se adjudican los puestos de trabajo convocados a los funcionarios que figuran en el
Anexo.
Segundo
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días. Dicho
plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al de la publicación de la presente resolución.
El cómputo de los citados plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos
o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados, salvo que, por causas
justificadas, el órgano que los concedió acuerde suspender el disfrute de los mismos.
2. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
será el que establezca la orden de reingreso, conforme a lo previsto en la normativa aplicable.
BOCM-20250516-2
Plazo de toma de posesión
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