Empleo público del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 23-12-2025
B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20251223-5)
Concurso de méritos – Orden de 11 de diciembre de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden de 23 de julio de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de agosto de 2025), de la citada Consejería, para la provisión de puestos de trabajo por el procedimiento de Concurso de Méritos
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Concurso de méritos – Orden de 11 de diciembre de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden de 23 de julio de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de agosto de 2025), de la citada Consejería, para la provisión de puestos de trabajo por el procedimiento de Concurso de MéritosBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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MARTES 23 DE DICIEMBRE DE 2025
B.O.C.M. Núm. 305
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
5
ORDEN de 11 de diciembre de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y
Empleo, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden de 23 de
julio de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de agosto
de 2025), de la citada Consejería, para la provisión de puestos de trabajo por el
procedimiento de Concurso de Méritos.
Por Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de 23 de julio de 2025
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de agosto de 2025), se aprobó convocatoria pública para la provisión de puestos de trabajo vacantes en dicha Consejería, por
el procedimiento de Concurso de Méritos.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10 de
abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Ley 4/1989, de 6 de abril, de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 4 de mayo de 1989); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería
de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias
para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril); la Orden 2094/1990, de 31 de
agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en
las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre); y, en lo no previsto por las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado
y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de
la Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril), así como
las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria correspondientes.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril,
de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, por el cual se atribuye a los respectivos
Consejeros la competencia para la Resolución de las convocatorias para la provisión de
puestos de trabajo, y de acuerdo con la propuesta efectuada por la Junta de Méritos y el informe favorable emitido por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
RESUELVO
Primero
Objeto
Se adjudican los puestos de trabajo a las funcionarias que figuran en el Anexo.
Segundo
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días. Dicho
plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al de la publicación de la presente resolución, salvo que el cese
haya sido formalmente diferido o aplazado por el órgano competente.
El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias
que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados, salvo que, por causas justificadas,
el Órgano que los concedió acuerde suspender el disfrute de los mismos.
2. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será el que establezca la orden de reingreso, conforme a lo previsto en la normativa
aplicable.
BOCM-20251223-5
Plazo de toma de posesión
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