Empleo público del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 20-01-2026
B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20260120-17)
Concurso de méritos – Orden de 9 de enero de 2026, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de 2 de septiembre de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de septiembre), para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en dicha consejería por el procedimiento de Concurso de Méritos
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Concurso de méritos – Orden de 9 de enero de 2026, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de 2 de septiembre de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de septiembre), para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en dicha consejería por el procedimiento de Concurso de MéritosPág. 64
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE ENERO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 16
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
17
ORDEN de 9 de enero de 2026, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de 2 de
septiembre de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de septiembre), para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en dicha consejería por el procedimiento de Concurso de Méritos.
Por Orden del Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de 2 de septiembre de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de septiembre), se
aprobó convocatoria pública para la provisión de varios puestos de trabajo en la citada Consejería por el procedimiento de Concurso de Méritos.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10 de
abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID de 24 de abril); la Ley 4/1989, de 6 de abril, de provisión de puestos de trabajo
reservados a funcionarios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID 4 de mayo de 1989); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para
provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril); la Orden 2094/1990, de 31 de
agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de
puestos de trabajo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre);
y, en lo no previsto por las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril), así como las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria correspondientes.
De acuerdo con la propuesta efectuada por la Junta de Méritos y el informe favorable
emitido por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y en virtud de la competencia
atribuida en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la
Comunidad de Madrid,
RESUELVO
Primero
Objeto
Se declaran desiertos los puestos de trabajo que se expresan en el Anexo.
Segundo
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante
los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del
día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin
perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
BOCM-20260120-17
Recursos
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