Empleo público del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 21-01-2026
B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20260121-4)
Resolución proceso selectivo – Resolución de 12 de enero de 2026, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso selectivo para el acceso de personas con discapacidad intelectual a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Auxiliar de Control e Información (Grupo V, Nivel 2, Área B) de la Comunidad de Madrid
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Resolución proceso selectivo – Resolución de 12 de enero de 2026, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso selectivo para el acceso de personas con discapacidad intelectual a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Auxiliar de Control e Información (Grupo V, Nivel 2, Área B) de la Comunidad de MadridB.O.C.M. Núm. 17
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE ENERO DE 2026
Pág. 19
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
4
RESOLUCIÓN de 12 de enero de 2026, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso selectivo para el acceso de personas con
discapacidad intelectual a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Auxiliar de Control e Información (Grupo V, Nivel 2, Área B) de la
Comunidad de Madrid.
Mediante Orden 2929/2023, de 22 de noviembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIMADRID número 296, de 13 de diciembre), con corrección de errores de 15 de diciembre de 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 306, de 26 de
diciembre), se convocaron pruebas selectivas del proceso selectivo para el acceso de personas con discapacidad intelectual a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de
Auxiliar de Control e Información (Grupo V, Nivel 2, Área B) de la Comunidad de Madrid.
De conformidad con lo dispuesto en la base octava apartados segundo y tercero de la
Orden 2929/2023, de 22 de noviembre, anteriormente indicada y demás normativa de aplicación, una vez remitida por el tribunal calificador la relación definitiva de personas aspirantes aprobadas en el referido proceso selectivo, la Dirección General de Función Pública
ha de dictar la correspondiente resolución comprensiva de dicha relación, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo procederse por aquellas a la acreditación, en los términos previstos en la citada resolución, del cumplimiento de
los requisitos de participación establecidos en la señalada orden de convocatoria.
En virtud de cuanto antecede, este centro directivo, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,
DAD DE
RESUELVE
Primero
Declarar, a propuesta del tribunal calificador del mencionado proceso selectivo, que
han superado el mismo las personas incluidas en la relación que se incorpora como Anexo
de la presente Resolución.
1. Con objeto de adquirir la condición de personal laboral, las personas aspirantes seleccionadas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la
publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para
elegir destino y presentar la documentación que se indica, exigida en los apartados segundo
y tercero de la base octava de la aludida Orden 2929/2023, de 22 de noviembre, así como en
el apartado sexto de la base decimocuarta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban
las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid,
dirigida a la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda
y Empleo, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el punto 2 de este apartado segundo:
A) Copia del DNI/NIE o equivalente y, en su caso, demás documentación que fuera
precisa a efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos de edad y nacionalidad, respectivamente.
B) Certificación del Registro Central de Delincuentes Sexuales de no haber sido condenado/a por sentencia judicial firme por alguno de los delitos señalados en el artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del
Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento
Civil. Los participantes cuya nacionalidad sea distinta de la española, además de
no haber sido condenados por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual
BOCM-20260121-4
Segundo
Otros empleos públicos del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 21-01-2026
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