Empleo público del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 16-02-2026
Tres Cantos (BOCM-20260216-78)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivoB.O.C.M. Núm. 39
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 16 DE FEBRERO DE 2026
Pág. 219
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
78
TRES CANTOS
OFERTAS DE EMPLEO
Por decreto del primer teniente de alcalde del Ayuntamiento de Tres Cantos
n.o 2026/207, de fecha 16 de enero de 2026, se han aprobado las bases que han de regir la
convocatoria para cubrir un puesto de trabajo de Ingeniero/a Civil, personal funcionario del
Ayuntamiento de Tres Cantos, por el procedimiento de Concurso específico de méritos,
cuyo tenor literal es el siguiente:
BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE CONVOCA CONCURSO ESPECÍFICO DE MÉRITOS
PARA LA PROVISIÓN DE 1 PUESTO DE TRABAJO DE INGENIERO/A CIVIL
DEL AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS (MADRID).
Primero. Objeto y características.Aprobar las presentes bases y convocar concurso específico, para la provisión de un puesto de
trabajo de personal funcionario, Ingeniero Civil, con código de puesto 67 de la vigente Relación de
Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Tres Cantos (Madrid), que figura relacionado y descrito
en el Anexo I.
La convocatoria se regirá, por lo previsto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen
Local, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido
de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función
Pública, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo Reglamento General de Ingreso del personal al
servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Segundo. Requisitos y condiciones de participación.—
1. Podrán participar en este proceso los funcionarios propios del Ayuntamiento de Tres Cantos
(Madrid) y los funcionarios de carrera procedentes de otras Administraciones Públicas, que se
encuentren prestando servicios, siempre que el Cuerpo, Escala o Especialidad de los mismos sean
considerados como equivalentes a la Escala, Subescala y/o Categoría del puesto convocado,
cualquiera que sea su situación administrativa a excepción de la suspensión de funciones, cuando
reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en la presente
convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
Los interesados deberán reunir los requisitos indispensables para el desempeño del puesto de
trabajo que soliciten, de acuerdo con las circunstancias y condiciones que para los mismos figuren
en el Anexo I y en la Relación de Puestos de Trabajo objeto de la presente convocatoria.
3. Los funcionarios en activo con destino definitivo sólo podrán participar en los concursos siempre
que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido,
salvo que se dé alguno de los supuestos siguientes: que hayan sido removidos o cesados del
puesto obtenido por el procedimiento de concurso o libre designación, o bien que haya sido
suprimido el puesto de trabajo que venían desempeñando.
4. En el plazo de dos años, a partir de su toma de posesión, los funcionarios de nuevo ingreso no
podrán participar en concursos para la provisión de puestos de trabajo.
5. Los funcionarios que pertenezcan a dos o más Cuerpos o Escalas del mismo o distinto
grupo/subgrupo, sólo podrán participar en el concurso desde uno de ellos. Los funcionarios en
situación de excedencia voluntaria por interés particular sólo podrán participar si llevan más de dos
años en dicha situación, al día de la terminación del plazo de presentación de instancias.
BOCM-20260216-78
2. Los funcionarios procedentes de la situación de suspensos deberán haber cumplido el período
de suspensión en la fecha indicada.
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