Empleo público del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 14-05-2026
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20260514-22)
Agrupación municipios – Orden de 4 de mayo de 2026, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se autoriza la constitución de la agrupación para el sostenimiento en común de puestos de trabajo entre los Ayuntamientos de Cabanillas de la Sierra y Valdemanco
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Agrupación municipios – Orden de 4 de mayo de 2026, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se autoriza la constitución de la agrupación para el sostenimiento en común de puestos de trabajo entre los Ayuntamientos de Cabanillas de la Sierra y ValdemancoPág. 180
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE MAYO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 113
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
ORDEN de 4 de mayo de 2026, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se autoriza la constitución de la agrupación para el
sostenimiento en común de puestos de trabajo entre los Ayuntamientos de Cabanillas de la Sierra y Valdemanco.
La presente Orden tiene por objeto autorizar la constitución de la agrupación para el
sostenimiento en común del puesto de trabajo de denominado “Arquitecto Municipal” entre los Ayuntamientos de Cabanillas de la Sierra y Valdemanco.
Los Ayuntamientos de Cabanillas de la Sierra y Valdemanco acordaron la constitución
de una agrupación para el sostenimiento en común del puesto de trabajo denominado “Arquitecto Municipal”, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 78 y siguientes de la
Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
La aprobación inicial de la constitución de la citada agrupación fue sometida por ambos
Ayuntamientos al trámite de información pública durante el plazo de un mes, mediante anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 13 de junio
de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 140), en el caso del Ayuntamiento de Cabanillas de la Sierra, y de fecha 1 de septiembre de 2025 (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 208), en el caso del Ayuntamiento de Valdemanco.
Obran en el expediente los certificados expedidos por la Secretaría General de ambos
Ayuntamientos acreditativos de que durante el referido período de información pública no
se formularon alegaciones ni sugerencias.
Con fechas 11 de diciembre de 2025 y 14 de enero de 2026, tuvieron entrada en el Registro auxiliar de la Dirección General de Reequilibrio Territorial escritos de los Ayuntamientos de Cabanillas de la Sierra y Valdemanco, respectivamente, mediante los que solicitaron la autorización autonómica para la constitución de la referida agrupación, aportando
la documentación exigida.
Con fecha 11 de febrero de 2026, el Área de Asistencia Jurídica, Letrada y Régimen
Jurídico Local emitió el preceptivo informe de consideraciones y sugerencias, que han sido
atendidas por los Ayuntamientos promotores de la agrupación.
Con fecha 28 de abril de 2026, el Área de Asistencia Jurídica, Letrada y Régimen Jurídico Local de la Subdirección General de Asistencia a Municipios emitió informe de legalidad favorable a la constitución de la agrupación.
El régimen jurídico de las agrupaciones para el sostenimiento en común de puestos de
trabajo entre municipios se encuentra regulado en el artículo 28 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en los artículos 78 y siguientes de la
Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en relación con los Decretos 76/2023, de 5 de julio, y 229/2023, de 6 de septiembre, ambos del Consejo de Gobierno, corresponde a la
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local la competencia para autorizar la constitución de agrupaciones para el sostenimiento en común de puestos de trabajo en el ámbito local.
Dicha competencia se encuentra delegada en la Dirección General de Reequilibrio Territorial, en virtud de lo dispuesto en el apartado decimocuarto.1.c) de la Orden de 20 de febrero de 2024, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se
delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de distintas materias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.
En virtud de lo expuesto,
BOCM-20260514-22
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Otros empleos públicos del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 14-05-2026
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