Empleo público del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 21-05-2026
B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20260521-8)
Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 6 de mayo de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a declarar la pérdida de derechos de varios aspirantes en las pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo Especialista en Neurología del Servicio Madrileño de Salud, por incumplimiento de requisitos
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Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 6 de mayo de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a declarar la pérdida de derechos de varios aspirantes en las pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo Especialista en Neurología del Servicio Madrileño de Salud, por incumplimiento de requisitosB.O.C.M. Núm. 119
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 21 DE MAYO DE 2026
Pág. 47
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
8
RESOLUCIÓN de 6 de mayo de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se
procede a declarar la pérdida de derechos de varios aspirantes en las pruebas
selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo Especialista en Neurología del Servicio
Madrileño de Salud, por incumplimiento de requisitos.
RESUELVE
Declarar la pérdida de derechos derivada de la participación en las pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo Especialista en Neurología en el Servicio Madrileño de Salud, convocado por Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Recursos
BOCM-20260521-8
Por Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, de 14 de diciembre), se convocaron pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo Especialista en Neurología del Servicio Madrileño de Salud.
La base 4.1.f) de la Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Dirección General de
Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que
se aprobaron las bases generales y los baremos de méritos que han de regir las convocatorias de los procesos selectivos de personal estatutario del Servicio Madrileño de Salud,
derivados de las ofertas de empleo público de la Comunidad de Madrid para los años
2018 y 2019 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de 3 de junio), dispone
como requisito general, el hecho de “No poseer la condición de personal estatutario fijo
en la categoría convocada o equivalente, cualquiera que sea su situación administrativa,
conforme a lo establecido en el Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud y el procedimiento de su actualización”. Este requisito, al igual que el resto de los establecidos en la convocatoria y las bases generales,
deberán reunirse en el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse
durante todo el proceso selectivo hasta, en su caso, el momento de la toma de posesión
de la plaza adjudicada.
Se ha constatado que los aspirantes que se relacionan a continuación, no cumplen el
requisito de la base cuarta de las bases generales de esta convocatoria en su apartado 4.1.f),
ya que poseen la condición de personal estatutario fijo en el Sistema Nacional de Salud.
Vista la sentencia del Tribunal Supremo número 823/2021 sobre recurso de casación,
que fija como criterio interpretativo aplicable para la formación de jurisprudencia que en
los procedimientos no sancionadores que adoptan acuerdos restrictivos de derechos, la omisión del trámite de audiencia a la parte interesada carece de efecto invalidante cuando tal
omisión no produce indefensión real material. En los casos que se indican en esta Resolución, ha quedado verificada la falta de acreditación en tiempo y forma de los requisitos de
participación, por lo que la omisión del trámite de audiencia establecido en la base novena
de la convocatoria no produce indefensión real material.
Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección General en uso de las competencias que
tiene atribuidas en el artículo 7 del Decreto 246/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de octubre de 2023),
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