Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 13-10-2023
Autoridades y personal. . (2023/197-14)
Resolución de 9 de octubre de 2023, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se nombra personal funcionario de carrera, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Administradores y Administradoras de la Junta de Andalucía, Especialidad Administración General, correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2019, 2020 y 2021.
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Resolución de 9 de octubre de 2023, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se nombra personal funcionario de carrera, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Administradores y Administradoras de la Junta de Andalucía, Especialidad Administración General, correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2019, 2020 y 2021.Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 197 - Viernes, 13 de octubre de 2023
página 15688/1
2. Autoridades y personal
2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 9 de octubre de 2023, de la Secretaría General para la
Administración Pública, por la que se nombra personal funcionario de carrera,
por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Administradores y
Administradoras de la Junta de Andalucía, Especialidad Administración General,
correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2019, 2020 y 2021.
Vista la propuesta formulada por la Comisión de Selección de las pruebas selectivas para
el ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Administradores y
Administradoras de la Junta de Andalucía, Especialidad Administración General (A1.1100),
convocada por Resolución de 27 de junio de 2022, de la Secretaria General para la
Administración Pública (BOJA núm. 124, de 30 de junio), y verificada la concurrencia
de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, procede el nombramiento del
personal funcionario de carrera en el citado Cuerpo.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 5.3 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre,
de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, el artículo 24 del
Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de
Andalucía, aprobado por Decreto 2/2002, de 9 de enero, y el Decreto 164/2022, de 9
de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública, corresponde a la persona titular de la Consejería
el nombramiento del personal funcionario de carrera, si bien, para la resolución de
este proceso, dicha competencia ha sido delegada en la Secretaría General para la
Administración Pública, conforme a lo dispuesto en el apartado tercero de la Orden
de 4 de febrero de 2020, por la que se delegan competencias en diversos órganos
de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior y se publicitan
delegaciones de competencias y delegaciones de firma de otros órganos, por lo que de
acuerdo con lo expuesto, esta Secretaría General
RESU ELV E
Segundo. De conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, para adquirir la condición de personal funcionario de carrera deberán
realizar acto de acatamiento de la Constitución, del Estatuto de Autonomía de Andalucía,
del resto del ordenamiento jurídico y tomar posesión dentro del plazo establecido en el
punto siguiente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290676
Primero. Nombrar personal funcionario de carrera del Cuerpo Superior de
Administradores y Administradoras de la Junta de Andalucía, Especialidad Administración
General, al personal aspirante aprobado que se relaciona en el Anexo I de esta
resolución, con expresión de los destinos adjudicados y el carácter de ocupación de los
mismos, sin perjuicio de que los mismos pudieran verse alterados como consecuencia
del cumplimiento de una resolución administrativa o judicial derivada de este proceso
selectivo.
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