Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 09-01-2024
3. Otras disposiciones. . (2024/6-20)
Orden de 29 de diciembre de 2023, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se aprueba el plan inicial de actuación de la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA).
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Orden de 29 de diciembre de 2023, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se aprueba el plan inicial de actuación de la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA).Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 6 - Martes, 9 de enero de 2024
página 70/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE UNIVERSIDAD, INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN
El artículo 53 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en materia de enseñanza
universitaria, reconoce a la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin perjuicio de la
autonomía universitaria, la competencia compartida para la evaluación y la garantía de la
calidad y de la excelencia de la enseñanza universitaria, así como del personal docente
e investigador.
Por su parte, en materia de investigación científica y técnica, el artículo 54 del
Estatuto de Autonomía para Andalucía, atribuye a la Comunidad Autónoma de Andalucía,
la competencia exclusiva con relación a los centros y estructuras de investigación de la
Junta de Andalucía y a los proyectos financiados por ésta, que incluye, entre otras las
competencias para el seguimiento, control y evaluación de los proyectos, o el seguimiento
y acreditación de los centros y estructuras radicadas en Andalucía.
En este marco de competencias, la Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza
de la Ciencia y el Conocimiento, creó la Agencia Andaluza del Conocimiento, una
agencia pública empresarial a la que se atribuyó, entre otras funciones el ejercicio de
las competencias de evaluación y acreditación de las actividades universitarias; y de
fomento, gestión, evaluación y acreditación de las actividades de investigación, desarrollo
e innovación entre los agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento.
La Ley 9/2021, de 23 de diciembre, por la que se crean la Agencia Empresarial para la
Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE) y la Agencia para la Calidad Científica
y Universitaria de Andalucía (ACCUA), creó con la denominación de Agencia para la
Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA), una agencia administrativa para
llevar a cabo las competencias en materia de evaluación y acreditación de las actividades
universitarias y de evaluación y acreditación de las actividades de investigación, desarrollo
e innovación de los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento, desarrolladas
anteriormente por la Agencia Andaluza del Conocimiento.
El artículo 17 de la citada Ley 9/2021, de 23 de diciembre, define con carácter general el
objeto y fines de la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA):
a) Ejercer las competencias de evaluación y acreditación de las instituciones
universitarias, su profesorado y otras actividades afines que establezca el ordenamiento
jurídico vigente, sin perjuicio de la autonomía universitaria.
b) Ejercer las competencias de evaluación y acreditación de las actividades de
investigación científica y técnica, desarrollo e innovación de los Agentes del Sistema
Andaluz del Conocimiento, sin perjuicio de las asignadas a otras Consejerías de la
Administración de la Junta de Andalucía.
c) Establecer los criterios, estándares, indicadores y metodologías de evaluación y mejora
de la calidad del Sistema Andaluz del Conocimiento, así como impulsar la implantación de
sistemas de seguimiento y control de la calidad y la excelencia de las investigaciones.
d) Impulsar y coordinar los mecanismos de reconocimiento mutuo y colaboración con
entidades evaluadoras y acreditadoras nacionales o internacionales.
El artículo 21 de la Ley 9/2021, de 23 de diciembre, estableció que el funcionamiento
efectivo de ACCUA se iniciaría el día de la entrada en vigor del decreto del Consejo de
Gobierno por el que se aprueben sus estatutos, que contendrán, entre otras previsiones,
las competencias y funciones que se le atribuyan, el ejercicio de potestades públicas,
la determinación de su estructura orgánica y su régimen de funcionamiento. Fijando la
disposición final séptima del mismo texto legal que en el plazo máximo de seis meses
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00295034
Orden de 29 de diciembre de 2023, del Consejero de Universidad, Investigación
e Innovación, por la que se aprueba el plan inicial de actuación de la Agencia
para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA).
Otra información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía del día 09-01-2024
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