Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 22-01-2024
Disposiciones generales. . (2024/15-2)
Acuerdo de 16 de enero de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el I Plan Estratégico Integral de Voluntariado y Participación Ciudadana en Andalucía. Horizonte 2026.
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Acuerdo de 16 de enero de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el I Plan Estratégico Integral de Voluntariado y Participación Ciudadana en Andalucía. Horizonte 2026.Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 15 - Lunes, 22 de enero de 2024
página 40131/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
La Constitución Española, en su artículo 9.2, dispone que corresponde a los poderes públicos
promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en
que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su
plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica,
cultural y social. Asimismo, la Constitución Española atribuye el carácter de derecho
fundamental al derecho a la participación establecido en el artículo 23.1, según el cual, los
ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio
de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.
Por su parte, el Estatuto de Autonomía para Andalucía en el artículo 10.1 establece
que la Comunidad Autónoma fomentará la calidad de la democracia facilitando la
participación de todos los andaluces en la vida política, económica, cultural y social.
Igualmente, en el artículo 10.3.19.ª establece como objetivo de la Comunidad Autónoma
la participación ciudadana en la elaboración, prestación y evaluación de las políticas
públicas, así como la participación individual y asociada en los ámbitos cívico, social,
cultural, económico y político en aras de una democracia social avanzada y participativa.
En el artículo 30 del citado Estatuto, se desarrolla el derecho a la participación política
en condiciones de igualdad en los asuntos públicos de Andalucía, directamente o por
medio de representantes en los términos que establezca la Constitución, el citado
Estatuto y las leyes. En el artículo 37 se recoge como principio rector de las políticas
públicas el fortalecimiento de la sociedad civil y el fomento del asociacionismo. Asimismo,
el artículo 61.2 del citado Estatuto atribuye a la Comunidad Autónoma Andaluza
la competencia exclusiva en materia de voluntariado, que incluye, en todo caso, la
definición de la actividad y la regulación y la promoción de las actuaciones destinadas
a la solidaridad y a la acción voluntaria que se ejecuten individualmente o a través de
instituciones públicas o privadas.
La Ley 4/2018, de 8 de mayo, Andaluza del Voluntariado, define el voluntariado como
el conjunto de actividades de interés general desarrolladas por personas físicas que
tengan carácter solidario, que sean de realización libre y responsable, se lleven a cabo
sin contraprestación económica o material y que se desarrollen de forma organizada a
través de entidades de voluntariado con arreglo a programas concretos.
La citada Ley 4/2018, de 8 de mayo, dispone que la Administración de la Junta de
Andalucía elaborará el Plan Andaluz del Voluntariado como instrumento administrativo
que determine los criterios de planificación y coordinación de las actuaciones proyectadas
en materia de voluntariado en el ámbito de la Comunidad Autónoma.
Por su parte, la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Participación Ciudadana de
Andalucía, establece que la participación ciudadana comprenderá en todo caso el
derecho a participar plenamente en las decisiones derivadas de las funciones de gobierno
y administración de la Comunidad Autónoma y de las entidades locales andaluzas en
los términos previstos en la misma, ya sea directamente o a través de las entidades de
participación ciudadana en las que se integre la ciudadanía. Asimismo, la citada Ley
7/2017, de 27 de diciembre, establece que las Administraciones públicas andaluzas
promoverán o consolidarán Planes estratégicos para la participación que permitan
mejorar y adaptar su gestión a la participación ciudadana.
Es indudable la importancia que las organizaciones ciudadanas, el tejido asociativo
y los movimientos sociales consolidados han tenido y tienen en la vertebración de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00295599
Acuerdo de 16 de enero de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se
aprueba el I Plan Estratégico Integral de Voluntariado y Participación Ciudadana
en Andalucía. Horizonte 2026.
Otra información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía del día 22-01-2024
Orden de 15 de septiembre de 2023, por la que se concede una modificación de la autorización administrativa, por cambio de domicilio, al centro de educación infantil «San Vicente de Paúl» de Málaga (PP. 2825/2023).
Resolución de 17 de enero de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo a la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla y se emplaza a los terceros interesados.
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Resolución de 17 de enero de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo a la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, y se emplaza a los terceros interesados.
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