Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 25-01-2024
3. Otras disposiciones. . (2024/18-33)
Resolución de 22 de enero de 2024, de la Presidenta de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se publica el Acuerdo del Pleno de 5 de diciembre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por el que se modifica el procedimiento que regula la rendición telemática de la cuenta general de las entidades locales y el formato de dicha cuenta, a partir de la correspondiente al ejercicio 2015, aprobada por acuerdo del pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía de 22 de diciembre de 2015 y publicada por Resolución de 13 de enero de 2016, de la presidencia de la Cámara de Cuentas de Andalucía.
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Resolución de 22 de enero de 2024, de la Presidenta de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se publica el Acuerdo del Pleno de 5 de diciembre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por el que se modifica el procedimiento que regula la rendición telemática de la cuenta general de las entidades locales y el formato de dicha cuenta, a partir de la correspondiente al ejercicio 2015, aprobada por acuerdo del pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía de 22 de diciembre de 2015 y publicada por Resolución de 13 de enero de 2016, de la presidencia de la Cámara de Cuentas de Andalucía.Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 18 - Jueves, 25 de enero de 2024
página 674/1
3. Otras disposiciones
CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA
Resolución de 22 de enero de 2024, de la Presidenta de la Cámara de Cuentas
de Andalucía, por la que se publica el Acuerdo del Pleno de 5 de diciembre
de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por el que se modifica el
procedimiento que regula la rendición telemática de la cuenta general de las
entidades locales y el formato de dicha cuenta, a partir de la correspondiente
al ejercicio 2015, aprobada por acuerdo del pleno de la Cámara de Cuentas
de Andalucía de 22 de diciembre de 2015 y publicada por Resolución de 13 de
enero de 2016, de la presidencia de la Cámara de Cuentas de Andalucía.
El pasado 5 de diciembre de 2023, el Pleno de esta Institución aprobó el acuerdo de la
Cámara de Cuentas de Andalucía por el que se modifica el procedimiento que regula
la rendición telemática de la cuenta general de las entidades locales y el formato de
dicha cuenta, a partir de la correspondiente al ejercicio 2015, aprobada por acuerdo del
pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía de 22 de diciembre de 2015 y publicada
por Resolución de 13 de enero de 2016, de la presidencia de la Cámara de Cuentas de
Andalucía.
Correspondiendo a esta Presidencia el dictado de las resoluciones oportunas para
la ejecución de los acuerdos de los órganos colegiados de la Cámara de Cuentas de
Andalucía, según el artículo 22.a) de su Reglamento de Organización y Funcionamiento,
es por lo que mediante la presente resolución se hace público el contenido del acuerdo
referenciado:
El artículo 209.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales
(TRLHL), tras la modificación introducida por la Ley 3/2017 de Presupuestos Generales
del Estado para el ejercicio 2017, establece la obligación a las entidades locales de
formular cuentas consolidadas en los términos previstos en las normas de consolidación
para las entidades locales a aprobar por el ministro de Hacienda y Función Pública.
Estas normas fueron aprobadas mediante Orden HAC/836/2021, de 9 de julio, y tras
su aprobación, los municipios con población superior a 50.000 habitantes y entidades
locales de ámbito superior están obligadas a formular cuentas anuales de los ejercicios
que se inicien a partir del 1 de enero de 2022. A partir del 1 de enero de 2024, deberán
hacerlo las demás entidades locales.
En el procedimiento de formación y rendición de la cuenta general, las cuentas
anuales consolidadas forman parte de la documentación complementaria que acompaña
a la cuenta general. De acuerdo con la Instrucción aprobada por el Pleno de la Cámara
de Cuentas de Andalucía, el 22 de diciembre de 2015, que regula la rendición telemática
de la cuenta general de las entidades locales y el formato de dicha cuenta, las entidades
locales deben rendir la cuenta general de acuerdo con el modelo recomendado en la
Resolución de la IGAE de 13 de noviembre de 2015. En dicho modelo se recomendaba
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00295851
«ACUERDO DE 5 DE DICIEMBRE DE 2023, DEL PLENO DE LA CÁMARA DE
CUENTAS DE ANDALUCÍA, POR EL QUE SE MODIFICA EL PROCEDIMIENTO
QUE REGULA LA RENDICIÓN TELEMÁTICA DE LA CUENTA GENERAL DE LAS
ENTIDADES LOCALES Y EL FORMATO DE DICHA CUENTA, A PARTIR DE LA
CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2015, APROBADA POR ACUERDO DEL
PLENO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA DE 22 DE DICIEMBRE
DE 2015 Y PUBLICADA POR RESOLUCIÓN DE 13 DE ENERO DE 2016, DE LA
PRESIDENCIA DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA
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