Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 23-02-2024

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Boletín Oficial Junta de Andalucía
23/02/2024

3. Otras disposiciones. . (2024/39-39)

Resolución de 18 de febrero de 2024, de la Intervención General de la Junta de Andalucía, por la que se determinan los gastos de personal sujetos a fiscalización previa de acuerdo con el artículo 56 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General de la Junta de Andalucía, aprobado mediante Decreto 92/2022, de 31 de mayo.

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Resolución de 18 de febrero de 2024, de la Intervención General de la Junta de Andalucía, por la que se determinan los gastos de personal sujetos a fiscalización previa de acuerdo con el artículo 56 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General de la Junta de Andalucía, aprobado mediante Decreto 92/2022, de 31 de mayo.
Página 1 del anuncio BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 39 - Viernes, 23 de febrero de 2024

página 41049/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS

El Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General de la Junta
de Andalucía, aprobado mediante Decreto 92/2022, de 31 de mayo, dedica su Capítulo IV
al control de los gastos de personal, señalando su preámbulo las notas distintivas de esta
tipología de gastos, como son por un lado su carácter masivo y, por otro, su carácter de
inaplazabilidad.
El artículo 56.1 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención
General de la Junta de Andalucía, establece que con carácter general los actos o acuerdos
en materia de personal de los que deriven obligaciones de contenido económico, así
como las incidencias que impliquen variación en la nómina de retribuciones, serán objeto
de control posterior conforme a lo dispuesto en el artículo 58.
No obstante, el artículo 56.2 del citado Reglamento señala que, mediante resolución
de la persona titular de la Intervención General de la Junta de Andalucía, podrá
establecerse que determinados actos de los que deriven obligaciones de contenido
económico se sometan a fiscalización con carácter previo a su adopción.
Asimismo, el artículo 56.3 de dicho Reglamento determina que, mediante resolución
de la persona titular de la Intervención General de la Junta de Andalucía, se podrá decidir
la aplicación del control previo sobre las variaciones de la nómina o determinada tipología
de las mismas.
En aras a conseguir un control efectivo de estos gastos, teniendo en cuenta la
experiencia acumulada en esta materia y a fin de adaptarse al sistema de control de
los gastos de personal previsto en el Reglamento de Organización y Funcionamiento
de la Intervención General de la Junta de Andalucía, resulta preciso dictar la presente
resolución, tras cuya publicación y en virtud de lo previsto en el apartado 2 de la
disposición transitoria única del Decreto 92/2022, de 31 de mayo, dejará de estar en vigor
lo dispuesto en el artículo 16.2 de la Orden de 12 de diciembre de 2005, conjunta de
las Consejerías de Economía y Hacienda y de Justicia y de Administración Pública, por
la que se regula la nómina general de la Administración de la Junta de Andalucía y sus
Organismos Autónomos y se establece el procedimiento para su elaboración.
Igualmente, dejará de estar en vigor la Resolución de 4 de octubre de 2021, de la
Intervención General de la Junta de Andalucía, por la que se determinan los gastos
de personal sujetos a fiscalización previa, que se dictó de acuerdo con la disposición
adicional sexta del Reglamento de organización y funcionamiento de la Tesorería General
de la Junta de Andalucía y de la Gestión Recaudatoria, aprobado mediante Decreto
197/2021, de 20 de julio, pues habiéndose aprobado posteriormente el Reglamento de
Organización y Funcionamiento de la Intervención General de la Junta de Andalucía, por
Decreto 92/2022, de 31 de mayo, la presente resolución tiene en éste su fundamento. Por
otro lado, en aras a una mayor claridad, se recoge en una única resolución el régimen de
fiscalización previa de los gastos de personal, tanto el relativo a los actos administrativos
como a las variaciones de la nómina.
Finalmente, se introduce una mención específica en la presente resolución al régimen
de control de las propuestas de concesión de ayudas de acción social y anticipos
reintegrables con convocatoria pública, indicando que serán objeto de fiscalización con
carácter previo a su adjudicación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297466

Resolución de 18 de febrero de 2024, de la Intervención General de la
Junta de Andalucía, por la que se determinan los gastos de personal sujetos
a fiscalización previa de acuerdo con el artículo 56 del Reglamento de
Organización y Funcionamiento de la Intervención General de la Junta de
Andalucía, aprobado mediante Decreto 92/2022, de 31 de mayo.

Otra información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía del día 23-02-2024

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Autoridades y personal. . (2024/39-7) Empleo

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