Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 27-03-2024
Disposiciones generales. . (2024/61-1)
Acuerdo de 25 de marzo de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican la cuantía y las bonificaciones de los precios públicos aplicables a los centros de titularidad de la Junta de Andalucía, correspondientes a los servicios establecidos en el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil, e incluidas en el Anexo III del Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía.
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Acuerdo de 25 de marzo de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican la cuantía y las bonificaciones de los precios públicos aplicables a los centros de titularidad de la Junta de Andalucía, correspondientes a los servicios establecidos en el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil, e incluidas en el Anexo III del Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía.Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 61 - Miércoles, 27 de marzo de 2024
página 42446/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Acuerdo de 25 de marzo de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se
modifican la cuantía y las bonificaciones de los precios públicos aplicables a los
centros de titularidad de la Junta de Andalucía, correspondientes a los servicios
establecidos en el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los
centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil, e incluidas en el
Anexo III del Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de medidas urgentes para
favorecer la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 25.2.b) de la Ley 10/2021,
de 28 de diciembre, y de la habilitación contenida en el apartado 2 de la disposición final
quinta del Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, a propuesta de la Consejería de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional, y previa deliberación el Consejo de Gobierno, en su
reunión del día 25 de marzo de 2024, adopta el siguiente
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00299362
La Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, establece en su artículo 26.2, que excepcionalmente, el
Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía podrá establecer precios públicos con
importes inferiores al coste, así como la no exigencia y reducciones de los mismos, en los
supuestos, con los requisitos y previos los informes previstos en el artículo 25.2.b).
La disposición final cuarta del Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de medidas
urgentes para favorecer la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en
Andalucía, establece que la cuantía y bonificaciones de los precios públicos aplicables
a los centros de titularidad de la Junta de Andalucía, correspondientes a los servicios
establecidos en el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros
que imparten el primer ciclo de la educación infantil, son las que se señalan en el Anexo III
del mismo, que serán aplicables a partir del curso escolar 2017/18.
Asimismo, la disposición final quinta, apartado 2, del citado Decreto-ley 1/2017, de 28
de marzo, en la redacción dada por la disposición final séptima de la Ley 6/2019, de 19 de
diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020,
establece que la determinación de los servicios prestados por las escuelas infantiles
cuya titularidad corresponde a la Administración de la Junta de Andalucía susceptibles
de ser retribuidos mediante precios públicos, así como la fijación de su cuantía y de sus
bonificaciones establecidos en el Anexo III, podrán ser modificados mediante Acuerdo de
Consejo de Gobierno y conforme a lo establecido en la Ley 10/2021, de 28 de diciembre.
De acuerdo con lo anterior, procede actualizar la cuantía del precio público del
servicio de comedor escolar previsto en el Anexo III del Decreto-ley 1/2017, de 28
de marzo, que fue modificado por Acuerdo de 3 de febrero de 2020, del Consejo de
Gobierno (BOJA núm. 26, de 7 de febrero), siendo necesario realizar una modificación
de las bonificaciones al precio público con el objeto de que el incremento del mismo no
aumente el coste que hasta ahora venían sufragando las familias por la prestación del
servicio de comedor escolar y se continúe fomentando el acceso a la escolarización en el
primer ciclo de educación infantil.
A tal efecto, se modifican la cuantía y las bonificaciones del precio público
correspondiente al servicio de comedor escolar establecido en el Decreto 149/2009, de
12 de mayo, a partir del curso escolar 2024/25. Se incrementa el precio de servicio un
14,74%, incrementándose proporcionalmente las bonificaciones aplicables de manera
que las familias no se vean afectadas por la subida del precio.
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