Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 11-04-2024
3. Otras disposiciones. . (2024/70-43)
Resolución de 25 de marzo de 2024, del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se modifica la Resolución de 6 de julio de 2023, por la que se delegan competencias en los órganos directivos de la Agencia.
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Resolución de 25 de marzo de 2024, del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se modifica la Resolución de 6 de julio de 2023, por la que se delegan competencias en los órganos directivos de la Agencia.Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 70 - Jueves, 11 de abril de 2024
página 42873/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
El Servicio Andaluz de Empleo, creado por la Ley 4/2002, de 16 de diciembre, se
configura como Agencia de Régimen Especial adscrita a la Consejería de Empleo,
Empresa y Trabajo Autónomo, que está dotada de autonomía administrativa y financiera
para el cumplimiento de sus fines, así como, para la gestión de su patrimonio y de los
fondos que se le asignan, ajustándose su organización y funcionamiento a la citada ley, a
sus Estatutos y demás disposiciones que le sean de aplicación.
El artículo 2.2 del Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, determina que el
Servicio Andaluz de Empleo, bajo la Presidencia de la persona titular de la Viceconsejería,
se estructura para el ejercicio de sus competencias en la Dirección Gerencia, que será
ejercida por la persona titular de la Secretaría General de Servicio Público de Empleo y
Formación, y en la Dirección General Intermediación y Orientación Profesional, cuyas
competencias específicas vienen atribuidas en los artículos 13 y 14, respectivamente.
Asimismo, la Agencia cuenta para el cumplimiento de sus fines con las Direcciones
Provinciales, como órganos principales de su estructura periférica, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 9.1.b).1.º de los Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo,
aprobados por Decreto 96/2011, de 19 de abril.
A estos efectos, con fecha 17 de julio de 2023, se publicó en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía, la Resolución de 6 de julio de 2023, del Servicio Andaluz de Empleo, por la
que se delegan competencias en los órganos directivos de la Agencia (BOJA núm. 135,
de 17 de julio).
Recientemente, se ha aprobado el Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se
adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las
relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso
de la actividad económica en Andalucía (BOJA núm. 34 de 16 de febrero), que viene
a modificar la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma
de Andalucía. En concreto, introduce un nuevo artículo 32 bis, que afecta a los plazos
establecidos para la autorización especial de uso sobre bienes adscritos a cada Dirección
Provincial del Servicio Andaluz de Empleo. Por ello, y en aras del principio de seguridad
jurídica se hace necesario actualizar la Resolución de 6 de julio de 2023, vigente para
adecuarla a las previsiones contenidas en el citado precepto.
De otro lado, razones de oportunidad y organizativas en la prestación de los servicios,
en consonancia con los principios de eficiencia y celeridad administrativa, aconsejan un
nuevo replanteamiento de la delegación de competencias, para los contratos de obras,
en las personas titulares de las Direcciones Provinciales del Servicio Andaluz de Empleo.
Asimismo, la experiencia gestora adquirida desde la aprobación de la citada
resolución aconseja modificar la delegación de competencias establecidas en la misma,
en relación con la tramitación de los expedientes para el cumplimiento alternativo con
carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de las personas trabajadoras con
discapacidad, regulada por el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, a fin de mejorar
la eficiencia de la gestión pública y garantizar el mejor cumplimiento de los principios
administrativos de celeridad y eficacia exigibles a la actuación de los órganos y unidades
administrativas de la Agencia, en la resolución de los expedientes administrativos, tanto
en el ámbito de los Servicios Centrales como en el de las Direcciones Provinciales de la
Agencia en sus respectivos ámbitos territoriales y competenciales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00299825
Resolución de 25 de marzo de 2024, del Servicio Andaluz de Empleo, por la
que se modifica la Resolución de 6 de julio de 2023, por la que se delegan
competencias en los órganos directivos de la Agencia.
Otra información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía del día 11-04-2024
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