Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 07-05-2024
3. Otras disposiciones. . (2024/87-48)
Orden de 29 de abril de 2024, por la que se aprueba el modelo de convenio tipo de colaboración para la realización de la fase de formación en empresas u organismos equiparados de las enseñanzas de formación profesional.
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Orden de 29 de abril de 2024, por la que se aprueba el modelo de convenio tipo de colaboración para la realización de la fase de formación en empresas u organismos equiparados de las enseñanzas de formación profesional.Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 87 - Martes, 7 de mayo de 2024
página 44230/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
El artículo 42.1.bis de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada
por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, de Mejora de la Calidad Educativa,
define la Formación Profesional dual del Sistema Educativo Español como el conjunto
de acciones e iniciativas formativas que, en corresponsabilidad con las empresas o
entidades colaboradoras, tienen por objeto la cualificación profesional de las personas,
armonizando los procesos de enseñanza y aprendizaje entre los centros educativos y los
centros de trabajo.
El apartado segundo del mismo artículo prevé el desarrollo por las Administraciones
educativas de la Formación Profesional dual en el ámbito del sistema educativo, siempre
que se respeten las condiciones y requisitos básicos establecidos por el Gobierno.
En el mismo sentido, la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación
e integración de la Formación Profesional, define en el artículo 2.12 la formación
profesional dual como la formación profesional que se realiza armonizando los procesos
de enseñanza y aprendizaje entre el centro de formación profesional y la empresa u
organismo equiparado, en corresponsabilidad entre ambos agentes, con la finalidad de la
mejora de la empleabilidad de la persona en formación.
De conformidad con el artículo 55.2 de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo,
el carácter dual de la formación profesional se desarrollará mediante una distribución
adecuada de los procesos formativos entre los centros de formación profesional y las
empresas u organismos equiparados, contribuyendo ambos al logro de las competencias
previstas en cada oferta de formación.
La realización de la fase práctica del alumnado de formación profesional en empresas
u organismos equiparados prevista en el Título III de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de
marzo, y que desarrolla el Título IV del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que
se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, exige la colaboración,
articulada a través de la firma de convenios, entre los centros docentes que imparten
las enseñanzas de Formación Profesional y las respectivas empresas u organismos
equiparados en los que vayan a desarrollarse tales prácticas.
La Orden de 20 de enero de 2023, por la que se convocan proyectos de Formación
Profesional Dual para el curso académico 2023/2024, en su dispositivo decimoquinto
dispone que una vez aprobados los proyectos y antes de dar comienzo las actividades
formativas del alumnado en el centro de trabajo, la persona titular de la dirección del
centro docente público, o la persona habilitada para la firma de convenios en los centros
docentes privados, formalizará con cada una de las empresas o entidades participantes
en los proyectos seleccionados, un convenio de colaboración, conforme a lo establecido
en el artículo 156 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la
ordenación del Sistema de Formación Profesional, y al artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación
de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento
de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones, introduce una
disposición adicional quincuagésima segunda en el texto refundido de la Ley General de
la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre,
que determina la inclusión en el Sistema de la Seguridad Social de las personas que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00301179
Orden de 29 de abril de 2024, por la que se aprueba el modelo de convenio
tipo de colaboración para la realización de la fase de formación en empresas u
organismos equiparados de las enseñanzas de formación profesional.
Otra información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía del día 07-05-2024
Resolución de 2 de abril de 2024, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se nombra Profesor Titular de Universidad del área de conocimiento de Ingeniería de Sistemas y Automática a don Fernando Caballero Benítez.
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Anuncio de 30 de abril de 2024, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Granada, por el que se notifican los actos administrativos relativos a procedimientos sancionadores en materia de agricultura y pesca que se citan.
Acuerdo de 29 de abril de 2024, de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Córdoba, por el que se ordena la notificación por edicto del acuerdo de inicio del procedimiento de modificación de acogimiento familiar para constituir un acogimiento permanente especializado en familia ajena.