Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 24-05-2024
Disposiciones generales. . (2024/100-5)
Acuerdo de 21 de mayo de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la I Estrategia de Calidad del Sistema Sanitario Público de Andalucía.
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Acuerdo de 21 de mayo de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la I Estrategia de Calidad del Sistema Sanitario Público de Andalucía.Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 100 - Viernes, 24 de mayo de 2024
página 45402/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
La Constitución Española reconoce en el artículo 43 el derecho a la protección de la
salud y establece que compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública
a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios.
El Estatuto de Autonomía para Andalucía, en adelante Estatuto, en su artículo 10.3.7.º
establece como uno de los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma la mejora de la calidad
de vida de los andaluces y andaluzas. Asimismo, el artículo 22.2 establece que los pacientes
y usuarios del sistema andaluz de salud tendrán entre sus derechos acceder a todas las
prestaciones del sistema, información sobre los servicios y prestaciones del sistema y garantía
de tiempo máximo para el acceso a los servicios y tratamientos. Por otro lado, el artículo
37.1.1.º, dispone que uno de sus principios rectores es la prestación de unos servicios públicos
de calidad. Todos ellos son aspectos que influyen en la calidad de la asistencia sanitaria.
Asimismo, el artículo 55.2 de nuestro Estatuto, establece que a la Comunidad
Autónoma de Andalucía le corresponde la competencia compartida en materia de
sanidad interior y, en particular y sin perjuicio de la competencia exclusiva que le atribuye
el artículo 61, la ordenación, planificación, determinación, regulación y ejecución de los
servicios y prestaciones sanitarias, sociosanitarias, de salud mental de carácter público
en todos los niveles y para toda la población, la ordenación y la ejecución de las medidas
destinadas a preservar, proteger y promover la salud pública en todos los ámbitos,
incluyendo la salud laboral, la sanidad animal con efecto sobre la salud humana, la sanidad
alimentaria, la sanidad ambiental y la vigilancia epidemiológica, el régimen estatutario y
la formación del personal que presta servicios en el sistema sanitario público, así como la
formación sanitaria especializada y la investigación científica en materia sanitaria.
El Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Salud y Consumo, atribuye a dicha Consejería, en su artículo 1.a), la
ejecución de las directrices y los criterios generales de la política de salud, planificación,
asistencia sanitaria, consumo, atención temprana, asignación de recursos a los diferentes
programas y demarcaciones territoriales, alta dirección, inspección y evaluación de
las actividades, centros y servicios sanitarios y aquellas otras competencias que le
estén atribuidas por la legislación vigente. Por su parte, el artículo 4.2.e) atribuye a la
Viceconsejería la planificación estratégica de las políticas de calidad en los organismos y
entidades dependientes de la Consejería de Salud y Consumo, así como la definición de
los instrumentos que desarrollen las citadas políticas de calidad, siendo su artículo 6.h)
el que dispone que corresponde a la Secretaría General de Humanización, Planificación,
Atención Sociosanitaria y Consumo, el diseño, seguimiento y evaluación de las
Estrategias, planes integrales y sectoriales.
La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, dispone, en su artículo 18.16,
que las Administraciones públicas, a través de sus servicios de salud y de los órganos
competentes en cada caso, desarrollarán, el control y mejora de la calidad de la
asistencia sanitaria en todos sus niveles. Asimismo, en el artículo 69.2, se establece que
la evaluación de la calidad de la asistencia prestada deberá ser un proceso continuado
que informará todas las actividades del personal de salud y de los servicios sanitarios del
Sistema Nacional de Salud.
Por su parte, la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional
de Salud, establece acciones de coordinación y cooperación de las Administraciones
públicas sanitarias como medio para asegurar a los ciudadanos el derecho a la protección
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302352
Acuerdo de 21 de mayo de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se
aprueba la formulación de la I Estrategia de Calidad del Sistema Sanitario
Público de Andalucía.
Otra información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía del día 24-05-2024
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