Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 28-05-2024

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Boletín Oficial Junta de Andalucía
28/05/2024

Disposiciones generales. (2024/102-3)

Resolución de 23 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se modifican los Anexos I y II de la Orden de 5 de marzo de 2013, por la que se dictan normas de desarrollo del Decreto 59/2005, de 1 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la instalación, ampliación, traslado y puesta en funcionamiento de los establecimientos industriales, así como el control, responsabilidad y régimen sancionador de los mismos, en lo relativo a la comunicación de puesta en servicio y a las fichas técnicas descriptivas de instalaciones frigoríficas y de instalaciones de protección contra incendios.

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Resolución de 23 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se modifican los Anexos I y II de la Orden de 5 de marzo de 2013, por la que se dictan normas de desarrollo del Decreto 59/2005, de 1 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la instalación, ampliación, traslado y puesta en funcionamiento de los establecimientos industriales, así como el control, responsabilidad y régimen sancionador de los mismos, en lo relativo a la comunicación de puesta en servicio y a las fichas técnicas descriptivas de instalaciones frigoríficas y de instalaciones de protección contra incendios.
Página 1 del anuncio BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Martes, 28 de mayo de 2024

página 45536/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
Resolución de 23 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Industria y Minas,
por la que se modifican los Anexos I y II de la Orden de 5 de marzo de 2013,
por la que se dictan normas de desarrollo del Decreto 59/2005, de 1 de marzo,
por el que se regula el procedimiento para la instalación, ampliación, traslado
y puesta en funcionamiento de los establecimientos industriales, así como el
control, responsabilidad y régimen sancionador de los mismos, en lo relativo
a la comunicación de puesta en servicio y a las fichas técnicas descriptivas de
instalaciones frigoríficas y de instalaciones de protección contra incendios.
ANTECEDENTES DE HECHO

Segundo. El Reglamento del Registro Integrado Industrial de Andalucía, aprobado
por Decreto 83/2016, de 19 de abril, establece en los apartados primero y segundo de su
artículo 8 lo siguiente:
«1. las inscripciones de alta, modificación de datos o baja en el Registro se realizarán
de oficio a partir de los datos de las autorizaciones concedidas y de los aportados en las
comunicaciones o declaraciones responsables presentadas por las personas interesadas,
en materia de industria y energía, relativas a los establecimientos, empresas y entidades
contempladas en los artículos 2 y 3 de este reglamento.
A tal efecto, los distintos sistemas de presentación y/o tramitación de esas
autorizaciones, comunicaciones o declaraciones responsables deberán incluir los
campos necesarios para posibilitar la inscripción en el Registro, debiendo advertirse
expresamente de este uso de los datos.
2. En el caso de las comunicaciones de puesta en servicio de instalaciones
presentadas ante la Administración competente en materia de industria y energía, la
inscripción de oficio del establecimiento al que pertenezcan esas instalaciones requerirá
la previa conformidad por parte de la Administración competente sobre la procedencia de
la inscripción.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00302484

Primero. Con fecha 11 de marzo de 2013, se publicó en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía núm. 48, la Orden de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y
Empleo, de 5 de marzo de 2013, por la que se dictan normas de desarrollo del Decreto
59/2005, de 1 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la instalación,
ampliación, traslado y puesta en funcionamiento de los establecimientos industriales, así
como el control, responsabilidad y régimen sancionador de los mismos.
Dicha orden, que tiene por objeto el desarrollo de los procedimientos para la
instalación, ampliación, traslado y puesta en servicio de los establecimientos e
instalaciones industriales encuadradas en el Grupo II del Decreto 59/2005, de 1 de
marzo, y que señala la preferencia de la tramitación electrónica de estos procedimientos,
establece en su Anexo I el contenido de la comunicación de puesta en funcionamiento
de establecimientos e instalaciones industriales, mientras que en su Anexo II señala el
contenido de las Fichas Técnicas Descriptivas de instalaciones industriales, que vienen a
reflejar las características principales de dichas instalaciones, así como la documentación
necesaria para su puesta en servicio en función de los diferentes tipos de instalación, en
base todo ello a la normativa reglamentaria específica reguladora de la instalación de que
se trate.
Dichos anexos han sido modificados posteriormente mediante resoluciones de los
órganos directivos competentes en la materia tal como se establece en la disposición
adicional única de la Orden de 5 de marzo de 2013.

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