Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 04-06-2024

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Boletín Oficial Junta de Andalucía
04/06/2024

Disposiciones generales. . (2024/107-1)

Decreto 102/2024, de 28 de mayo, por el que se autoriza la concertación de operaciones de endeudamiento hasta un importe máximo de mil doscientos diecisiete millones doscientos cincuenta mil euros.

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Decreto 102/2024, de 28 de mayo, por el que se autoriza la concertación de operaciones de endeudamiento hasta un importe máximo de mil doscientos diecisiete millones doscientos cincuenta mil euros.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 107 - Martes, 4 de junio de 2024

página 45886/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS

La Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma
de Andalucía para el año 2024, establece en su artículo 36.1 la posibilidad de emitir
deuda pública amortizable, o concertar operaciones de crédito, cualquiera que sea la
forma en la que se documenten, tanto en operaciones en el interior como en el exterior,
incrementando la deuda de la Comunidad Autónoma con la limitación de que su saldo
vivo a 31 de diciembre de 2024 no supere el correspondiente saldo a 1 de enero de 2024
en más de cuatrocientos veinticuatro millones doscientos setenta y tres mil trescientos
noventa y seis euros (424.273.396 €), salvo el incremento de deuda que se realice con
cargo a las autorizaciones de endeudamiento conferidas por las Leyes del Presupuesto
de la Comunidad Autónoma de Andalucía de ejercicios anteriores.
Asimismo, se establece que dicho límite será automáticamente revisado:
a) Por el importe necesario para financiar la adquisición de activos financieros
con destino a personas físicas o jurídicas no comprendidas en el artículo 2.1.b) de la
Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad
Financiera.
b) Por los importes de las operaciones de endeudamiento a largo plazo formalizadas
o amortizadas por los entes clasificados en el subsector Administración Regional del
sector Administraciones Públicas, de acuerdo con la definición y delimitación del Sistema
Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea.
c) Por los importes derivados de la adhesión de la Comunidad Autónoma de Andalucía
a cualquier mecanismo de liquidez que se implante o prorrogue durante el ejercicio, al
objeto de permitir a las Comunidades Autónomas atender sus necesidades financieras en
los términos y condiciones que se establezcan al efecto.
d) Por los importes que modifiquen el límite de deuda de la Comunidad Autónoma
de Andalucía derivados de la cuantificación de su objetivo de deuda o de cualquier otro
acuerdo complementario del Consejo de Política Fiscal y Financiera o de la Administración
General del Estado en materia de endeudamiento.
Estas revisiones incrementarán o reducirán el límite establecido según supongan un
aumento o una disminución, respectivamente, de las necesidades de financiación de la
Comunidad Autónoma.
La emisión o, en su caso, la formalización de las operaciones de crédito previstas en
el citado precepto podrá realizarse íntegra o fraccionadamente en los ejercicios de 2024
y siguientes.
En virtud del citado artículo 36.1 de la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, el Consejo de
Gobierno autorizó la concertación de operaciones de endeudamiento hasta un importe
máximo de 3.872.615.000 euros, correspondiente a las necesidades de financiación de
2024, mediante el Decreto 38/2024, de 21 de febrero.
No obstante, la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, en su
reunión de 6 de mayo de 2024, ha adoptado un Acuerdo por el que se asignan recursos
adicionales destinados a atender parte de las necesidades de déficit de 2023 pendientes
de financiar. Dicho acuerdo asigna a la Comunidad Autónoma de Andalucía una
financiación por un importe máximo de 1.217.250.000 euros con cargo al compartimento
Facilidad Financiera, previsto en el Real Decreto-Ley 17/2014, de 26 de diciembre, de
medidas de sostenibilidad financiera de las comunidades autónomas y entidades locales
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00302835

Decreto 102/2024, de 28 de mayo, por el que se autoriza la concertación de
operaciones de endeudamiento hasta un importe máximo de mil doscientos
diecisiete millones doscientos cincuenta mil euros.

Otra información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía del día 04-06-2024

3. Otras disposiciones. . (2024/107-51)

Acuerdo de 7 de mayo de 2024, de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Huelva, por el que se abre un período de información pública en el t.m. de Lepe (Huelva). (PP. 8631/2024).

5. Anuncios. . (2024/107-53)

Anuncio de 23 de mayo de 2024, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por el que se notifica al interesado que se cita la resolución de procedimiento sancionador del expediente de referencia.

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5. Anuncios. . (2024/107-60)

Anuncio de 25 de mayo de 2024, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, de notificación en procedimiento de sistema de controles para la verificación del cumplimiento de los requisitos y normas de la condicionalidad.

5. Anuncios. . (2024/107-61)

Anuncio de 25 de mayo de 2024, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, de notificación en procedimiento de sistema de controles para la verificación del cumplimiento de los requisitos y normas de la condicionalidad.

5. Anuncios. . (2024/107-63)

Acuerdo de 27 de mayo de 2024, de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Córdoba, por el que se ordena la notificación por edicto del acuerdo de ampliación de plazo de resolución dictada en el procedimiento de guarda con fines de adopción.

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