Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 14-06-2024
3. Otras disposiciones. . (2024/115-50)
Resolución de 10 de junio de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Luchas Olímpicas y D.A.
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Resolución de 10 de junio de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Luchas Olímpicas y D.A.BOJA
Número 115 - Viernes, 14 de junio de 2024
página 46477/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 10 de junio de 2024, de la Dirección General de Sistemas y
Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen
Gobierno de la Federación Andaluza de Luchas Olímpicas y D.A.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto 41/2022, de 8 de marzo, por
el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía y se establece la estructura y
régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas, por Resolución
de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, de 15 de marzo de 2024, se
ratificó el Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Luchas Olímpicas
y D.A. y se acordó su inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas, así
como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En su virtud, se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación
Andaluza de Luchas Olímpicas y D.A., que figura como anexo a la presente resolución.
Sevilla, 10 de junio de 2024.- La Directora General, María Auxiliadora de Nova Pozuelo.
FEDERACIÓN ANDALUZA DE LUCHAS OLÍMPICAS Y D.A.
Introducción.
El Consejo de ministros del Consejo de Europa, en fecha 24 de septiembre de 1992,
aprobó un Código de Ética Deportiva, para que los Estados miembros y las federaciones
deportivas de los mismos lo tuvieran en consideración.
Posteriormente, en el mes de octubre de 2004, los ministros de Deporte de los
Estados miembros del Consejo de Europa aprobaron unos principios de buen gobierno,
habida cuenta del importante papel del deporte dentro de la sociedad moderna y en el
deseo de ser el espejo de pulcritud en que puedan mirarse los millones de jóvenes que
practican deporte.
En el ámbito del deporte español, el Consejo Superior de Deportes, en fecha
18 de octubre de 2004, aprobó una Resolución que lleva como anexo un «Código de
Buen Gobierno de las Federaciones Deportivas Españolas», siguiendo las normas
anteriormente citadas.
La Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, en su artículo 64 establece
que las federaciones deportivas andaluzas deberán adoptar un código en el que se
recojan las prácticas de buen gobierno inspiradas en los principios de democracia y
participación, y preferentemente aquellas que afectan a la gestión y control de todas
las transacciones económicas que efectúen, independientemente de que estas estén
financiadas o no con ayudas públicas.
Por todo ello, La Confederación Andaluza de Federaciones Deportivas ha redactado
para sus Federaciones adscritas un modelo de Código de Buen Gobierno que regulará
internamente su quehacer cotidiano y que permitirá que el mundo exterior vea cómo el
deporte federado andaluz no solo se autorregula, sino que, además, recoge los principios
legales establecidos, los procedimientos que permitan alcanzar una mayor transparencia
y ética, y una mejor integración de la organización federativa en la sociedad que, en
ocasiones, se ha echado en falta por algunos estratos sociales, públicos y políticos.
La Junta Directiva de la Federación de Luchas Olímpicas y Disciplinas Asociadas
(FALODA), impulsora de la actual transformación y renovación de sus normas, presenta
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303426
CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO
Otra información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía del día 14-06-2024
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