Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 17-06-2024
3. Otras disposiciones. . (2024/116-31)
Resolución de 31 de mayo de 2024, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se declara el área de emergencia cinegética temporal por daños y riesgos sanitarios de jabalí y cerdos asilvestrados, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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Resolución de 31 de mayo de 2024, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se declara el área de emergencia cinegética temporal por daños y riesgos sanitarios de jabalí y cerdos asilvestrados, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Lunes, 17 de junio de 2024
página 46544/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD, MEDIO AMBIENTE
Y ECONOMÍA AZUL
En los últimos años la actividad cinegética ha alcanzado un desarrollo considerable en
el ámbito de Andalucía, donde el aprovechamiento cinegético del jabalí constituye un
recurso económico relevante, lo que ha propiciado a que el manejo productivo de esta
especie haya cambiado considerablemente, con el consiguiente aumento de la cantidad
de ejemplares y sus áreas de distribución. Este cambio sustancial en cuanto a la práctica
de manejo se refiere, ha supuesto nuevos manejos como son las cercas no cinegéticas
en cotos de caza y las enfermedades infecciosas asociadas.
Conscientes de la problemática debido al aumento de las poblaciones de jabalí y
cerdos asilvestrados, desde el 2014 las Consejería competentes en materia de caza
viene adoptando medidas de carácter excepcional por daños en términos municipales
de varias provincias andaluzas, con el fin de evitar en la medida de lo posible los riesgos
sanitarios y el deterioro de los ecosistemas, la ganadería, la agricultura y el propio
medio urbano. No olvidemos que el jabalí y los cerdos asilvestrados dada su densidad,
ecología alimenticia, comportamiento más o menos gregario y a su gran capacidad de
desplazamiento demostrada, son el principal depredador de nuestros montes.
Las actuaciones propuestas en el área de emergencia en materia de caza y de sanidad
animal, están encaminadas a controlar las poblaciones de jabalí y la erradicación de una
población genéticamente alterada, como es el cerdo asilvestrado, que se encuentran en
libertad en el medio natural, que constituyen un riesgo real en el ecosistema, la ganadería,
la agricultura y a las personas, además de reducir el peligro de accidentes de tráfico.
En la tramitación de esta resolución se ha solicitado informe de la Dirección General
de la Producción Agrícola y Ganadera.
El conjunto de medidas, épocas de captura y procedimientos simplificados que esta
resolución establece pretenden garantizar un mejor cumplimiento del objetivo general de
la misma que es el de reducir las densidades, cargas y daños que el jabalí y el cerdo
asilvestrado ocasionan, facilitando a los cazadores y titulares de terrenos no cinegéticos,
unos instrumentos suficientes para que desarrollen el indiscutible papel de controladores
de los desequilibrios poblacionales en el medio natural que ocasionan grandes daños a
la agricultura y a la caza menor y una mayor incidencia de epizootias que aumentan el
riesgo sanitario para la población humana.
Con todo ello, se refuerza la corresponsabilidad del sector cinegético para con los
agricultores, reduciendo los daños, para el medio natural, recuperando los equilibrios
naturales y para con la sociedad, reduciendo los riesgos de transmisión de enfermedades.
Esta corresponsabilidad ha de sustanciarse en la siguiente temporada de caza con un
incremento neto de las capturas, como método de evaluación de la eficacia de las medidas
incluidas en esta resolución y del compromiso del sector cinegético en su aplicación.
Las medidas a adoptar para el control de los ejemplares de jabalí y cerdo asilvestrado
se resumen en la práctica del empleo de capturas en vivo y el uso de armas, pudiendo
realizarse mediante todas las modalidades recogidas en el Plan Técnico de Caza en
terrenos cinegéticos durante el periodo hábil y en las modalidades de batida, batida de
gestión, caza en mano, rececho y aguardos fuera del periodo hábil en las condiciones y
periodos señalados.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303493
Resolución de 31 de mayo de 2024, de la Dirección General de Política Forestal
y Biodiversidad, por la que se declara el área de emergencia cinegética
temporal por daños y riesgos sanitarios de jabalí y cerdos asilvestrados, en la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
Otra información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía del día 17-06-2024
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