Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 15-07-2024
3. Otras disposiciones. . (2024/136-25)
Resolución de 4 de julio de 2024, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo al órgano judicial y se emplazan a los terceros interesados en el procedimiento.
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Resolución de 4 de julio de 2024, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo al órgano judicial y se emplazan a los terceros interesados en el procedimiento.BOJA
Número 136 - Lunes, 15 de julio de 2024
página 47974/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 4 de julio de 2024, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz
de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo al
órgano judicial y se emplazan a los terceros interesados en el procedimiento.
Que mediante oficio emitido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 7
de Sevilla, en el procedimiento abreviado 192/2024, originado por recurso contenciosoadministrativo interpuesto por doña Ana Belén Fernández Navas, contra la resolución
que desestima el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de 23.12.2022
que aprueba las bases y convocatoria del proceso selectivo de estabilización para el
acceso a la condición de personal laboral fijo por el sistema de concurso de méritos en
los puestos de trabajo recogidos en la Oferta de Empleo Público 2022, aprobada por
Decreto 90/2022, se ordena al Servicio Andaluz de Empleo que proceda a notificar la
resolución que acuerde la remisión del expediente administrativo y a emplazar a cuantos
resulten interesados en el procedimiento para que puedan personarse como demandados.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El artículo 78.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que admitida la demanda, el Secretario
Judicial acordará su traslado al demandado, citando a las partes para la celebración de la
vista, con indicación de día y hora, y requerirá a la Administración demandada que remita
el expediente administrativo con al menos quince días de antelación del término señalado
para la vista.
Segundo. Con arreglo al artículo 49.1 de la citada LJCA, la resolución por la que se
acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguiente a su adopción, a
cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse
como demandados en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a
lo dispuesto en la ley que regule el procedimiento administrativo común.
Tercero. Al amparo del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la notificación se
hará por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado al darse los
presupuestos contemplados en el citado artículo.
En virtud de cuanto antecede, esta Dirección Gerencia, en uso de las atribuciones
conferidas en el artículo 13 del Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula
la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, y
el artículo 15 bis) de los Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo, aprobados por
Decreto 96/2011, de 19 de abril (BOJA núm. 83, de 29 abril de 2011),
Primero. La remisión del expediente administrativo correspondiente a doña Ana Belén
Fernández Navas al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 7 de Sevilla.
Segundo. Notificar la presente resolución a cuantos aparezcan como interesados en
el procedimiento abreviado 192/2024, para que puedan personarse como demandados
en el plazo de nueve días ante el referido Juzgado en legal forma, haciéndoles saber
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304923
RESU ELV E
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