Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 12-08-2024
3. Otras disposiciones. . (2024/156-39)
Resolución de 17 de julio de 2024, de la Dirección Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se actualizan los costes máximos de las plazas objeto de concertación con centros de atención a personas mayores y personas con discapacidad en situación de dependencia.
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Resolución de 17 de julio de 2024, de la Dirección Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se actualizan los costes máximos de las plazas objeto de concertación con centros de atención a personas mayores y personas con discapacidad en situación de dependencia.Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 156 - Lunes, 12 de agosto de 2024
página 49310/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Resolución de 17 de julio de 2024, de la Dirección Gerencia de la Agencia de
Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se actualizan los
costes máximos de las plazas objeto de concertación con centros de atención a
personas mayores y personas con discapacidad en situación de dependencia.
La Orden de 26 de febrero de 2014, por la que se modifican la de 30 de agosto de 1996,
por la que se regula la concertación de plazas con centros de atención especializada
para los sectores de personas mayores y personas discapacitadas, y la Orden de 7 de
mayo de 2002, por la que se regula la financiación de los programas de estancia diurna y
respiro familiar, y además se crea la comisión de participación en materia de concertación
con dichos centros, recoge la eliminación de la actualización automática de los costes
máximos de las plazas.
Por otra parte, la disposición adicional única de la Orden de 10 de marzo de 2016, por
la que se modifican los costes máximos de las plazas objeto de concertación con centros
de atención a personas mayores y personas con discapacidad, habilita a la persona
titular de la Dirección-Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia, en el
ámbito de sus competencias, a llevar a cabo cuantas actuaciones sean necesarias para
el desarrollo y aplicación de lo contenido en dicha orden.
Así, en aplicación de la habilitación citada en el párrafo anterior y en aras a contribuir
a la sostenibilidad del sector, se ha acordado la actualización de los costes máximos
establecidos, contemplando un incremento de los costes correspondientes a las tipologías
de plazas establecidas para el sector de personas mayores y sector de personas con
discapacidad, con efecto retroactivo desde 1 de mayo de 2024, con carácter general.
En virtud de lo anterior,
RESU ELVO
Segundo. Establecer los siguientes costes máximos de las plazas objeto de
concertación con centros de atención a personas mayores en situación de dependencia:
1. En centros residenciales:
a) Plazas para mayores en situación de dependencia: 60,92 euros/día.
Este coste máximo de plaza será de aplicación tanto en los centros residenciales
acreditados al amparo de lo previsto en la Orden de 1 de julio de 1997, por la que se
regula la acreditación de los centros de atención especializada a las personas mayores
y personas con discapacidad, como en los acreditados conforme a lo dispuesto en la
Orden de 5 de noviembre de 2007, por la que se regula el procedimiento y los requisitos
para la acreditación de los centros para personas mayores en situación de dependencia
en Andalucía.
b) Plazas para personas mayores en situación de dependencia con trastornos graves
y continuados de conducta: 79,58 euros/día.
c) Plazas para personas mayores en situación de dependencia con enfermedad
mental grave: 112,81 euros/día.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306260
Primero. Actualizar los costes máximos de las plazas objeto de concertación con
centros de atención a personas mayores y personas con discapacidad en situación de
dependencia vigentes.
Otra información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía del día 12-08-2024
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