Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 21-08-2024
3. Otras disposiciones. . (2024/162-15)
Resolución de 12 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Andaluza de Patinaje.
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Resolución de 12 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Andaluza de Patinaje.Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 162 - Miércoles, 21 de agosto de 2024
página 49631/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 12 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sistemas y
Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la
Federación Andaluza de Patinaje.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto 41/2022, de 8 de marzo, por
el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía y se establece la estructura y
régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas, por Resolución
de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte de 21 de mayo de 2024, se
ratificaron los Estatutos de la Federación Andaluza de Patinaje y se acordó su inscripción
en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas, así como su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
En su virtud, se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Andaluza de
Patinaje, que figura como anexo a la presente resolución.
Sevilla, 12 de agosto de 2024.- La Directora General, María Auxiliadora de Nova Pozuelo.
ESTATUTOS
FEDERACIÓN ANDALUZA DE PATINAJE (FAP)
TÍTULO I
DEFINICIÓN, OBJETO SOCIAL, RÉGIMEN JURÍDICO Y FUNCIONES
Artículo 2. Composición.
La FAP está integrada por los clubes deportivos, secciones deportivas, deportistas,
entrenadores o técnicos y jueces o árbitros, y, en su caso, otros colectivos que practiquen
contribuyan al desarrollo o promuevan la correspondiente modalidad deportiva,que de
forma voluntaria y expresa se afilien a la misma.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306581
Artículo 1. Definición.
1. La Federación Andaluza de Patinaje (en adelante FAP) es una entidad deportiva
privadas sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de
obrar en el cumplimiento de sus fines, que son la práctica, desarrollo y promoción de del
Patinaje sobre ruedas en sus especialidades de Patinaje Artístico, Patinaje Velocidad,
Hockey sobre Patines, Hockey Línea, Freestyle, Roller Derby, Skateboarding, Alpino en
Línea, Descenso en Línea, Roller Freestyle y Scooter, así como otras especialidades,
relativas a la práctica del patinaje, que en un futuro puedan ser asumidas, siendo su
objetivo la promoción, organización y desarrollo de tales especialidades en el ámbito
territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de conformidad con los presentes
estatutos y normas reglamentarias, así como con el resto del ordenamiento jurídico que
le sea de aplicación.
2. Además de sus propias atribuciones, ejerce por delegación funciones públicas
de carácter administrativo, actuando en estos casos como agente colaborador de la
Administración y ostenta el carácter de utilidad pública en Andalucía.
3. La FAP se encuentra integrada en la Real Federación Española de Patinaje
(RFEP), de acuerdo con el procedimiento y requisitos establecidos en los estatutos de
ésta, gozando así del carácter de utilidad pública, de conformidad y con los beneficios
previstos en la legislación estatal aplicable.
Otra información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía del día 21-08-2024
Resolución de 16 de julio de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Sevilla, de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública. (PP. 9236/2024).
Orden de 5 de julio de 2024, por la que se autoriza el cambio de titularidad al centro de educación infantil «Do Re Mi», de Córdoba. (PP. 9050/2024).
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Resolución de 8 de agosto de 2024, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se dispone dar publicidad a la Adenda de prórroga del Convenio entre la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local y las Diputaciones Provinciales de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga...
Corrección de errores del Anuncio de 14 de junio del 2024, de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Alhama de Granada, referente a la convocatoria en los procesos extraordinarios de estabilización previstos en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre. (PP. 9313/2024).