Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 07-10-2024
3. Otras disposiciones. (2024/195-46)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Automovilismo.
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Resolución de 24 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Automovilismo.Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Lunes, 7 de octubre de 2024
página 51277/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 24 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sistemas
y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen
Gobierno de la Federación Andaluza de Automovilismo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto 41/2022, de 8 de marzo, por
el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía y se establece la estructura y
régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas, por Resolución
de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte de 12 de septiembre de 2024,
se ratificó el Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Automovilismo y
se acordó su inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas, así como su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En su virtud, se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación
Andaluza de Automovilismo, que figura como anexo a la presente resolución.
Sevilla, 24 de septiembre de 2024.- La Directora General, María Auxiliadora de Nova
Pozuelo.
CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO – FEDERACIÓN ANDALUZA DE AUTOMOVILISMO
Artículo 1. Objetivo.
El presente Código, en el que se recogen las prácticas de buen gobierno, inspirado en
los principios de democracia y participación, está dirigido a regular de forma sistemática y
ordenada el gobierno de la Federación Andaluza de Automovilismo (FAA), para contribuir
a una mayor transparencia en la gestión de la misma y aumentar la transparencia
sobre su actuación y el control de todas las transacciones económicas que efectúe,
independientemente de que éstas estén financiadas o no con ayudas públicas.
A tal fin, el presente Código de Buen Gobierno se publicará para su conocimiento y
cumplimiento general, en la página web de la FAA, dentro del apartado de Transparencia
de la web https://www.faa.net/transparencia/.
Artículo 3. Principios generales.
Los principios básicos son los siguientes:
- Cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente.
- Respeto y dignidad en el trato a las personas empleadas, deportistas, oficiales,
clubes, clientes, proveedores y demás terceros que se relacionen con la FAA.
- Igualdad de trato entre mujeres y hombres, sin que sea admisible discriminación en
el trato, por razones de raza, creencia o religión.
- Respeto a los menores, para colaborar en su formación.
- Compromiso con la salud y la seguridad, en el trabajo como en la práctica deportiva.
- Transparencia en el desarrollo de todas sus actividades.
- Integridad en todas las actuaciones.
Artículo 4. Del cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente.
La FAA, como institución, y sus integrantes, directivos y personas empleadas,
colaborarán con todas las autoridades públicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308226
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Este Código se aplica a toda la FAA. El presente Código regula prácticas de buen
gobierno en la FAA y afecta a la gestión y control de todas las transacciones económicas.
Otra información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía del día 07-10-2024
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