Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 11-10-2024

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Boletín Oficial Junta de Andalucía
11/10/2024

3. Otras disposiciones. (2024/199-51)

Orden de 8 de octubre de 2024, por la que se acepta la donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía de un conjunto de bienes muebles de carácter artístico ofrecido por don José María Báez Gómez

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Orden de 8 de octubre de 2024, por la que se acepta la donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía de un conjunto de bienes muebles de carácter artístico ofrecido por don José María Báez Gómez
Página 1 del anuncio Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 199 - Viernes, 11 de octubre de 2024

página 52029/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Orden de 8 de octubre de 2024, por la que se acepta la donación a favor de
la Comunidad Autónoma de Andalucía de un conjunto de bienes muebles de
carácter artístico ofrecido por don José María Báez Gómez
Don José María Báez Gómez oferta en donación un conjunto de treinta y seis obras de
arte sobre papel de su autoría y propiedad, de interés para las colecciones del Museo
de Bellas Artes de Córdoba. José María Báez (Jerez de la Frontera, Cádiz, 1949) es un
destacado representante del panorama artístico nacional cuya obra está representada
en principales colecciones y museos, completando este conjunto que se dona la sección
de arte contemporáneo del Museo de Bellas Artes de Córdoba con obra sobre papel,
técnica hasta ahora no representada en la mencionada institución.
El Museo de Bellas Artes de Córdoba, museo de titularidad estatal cuya gestión
fue transferida a la Comunidad Autónoma de Andalucía mediante el Real Decreto
864/1984, de 19 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la
Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de cultura, informa sobre el interés de
los bienes ofertados, siendo de igual modo informada favorablemente la idoneidad de los
mencionados bienes para el citado Museo por la Comisión Andaluza de Bienes Muebles.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero. El Decreto 169/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Cultura y Deporte, determina en su artículo 1.1 que
corresponde a la Consejería de Cultura y Deporte la propuesta, desarrollo, ejecución,
coordinación y control de las directrices generales del Consejo de Gobierno en relación
con las competencias atribuidas por el Estatuto de Autonomía a la Comunidad Autónoma
de Andalucía en materia de cultura y deporte, disponiendo el artículo 9 la competencia
concreta de la Dirección General de Museos y Conjuntos Culturales en esta materia.

Tercero. Los apartados 1 y 2 del artículo 101 del Reglamento de Protección y Fomento
del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 19/1995, de 7 de febrero,
establecen que las personas propietarias que pretendan donar bienes integrantes
del Patrimonio Histórico Andaluz a la Junta de Andalucía se dirigirán por escrito a la
Consejería de Cultura y Deporte, describiendo los bienes objeto de donación y aportando
cuantos datos se estimen pertinentes. La Consejería de Cultura y Deporte, una vez
estimado el valor cultural de los bienes, podrá aceptar la donación siempre que se trate
de bienes muebles y se cumpla lo establecido en los párrafos segundo y tercero del
artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00308978

Segundo. La Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía,
faculta en su artículo 87.1 a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico
para aceptar las donaciones y legados de bienes muebles integrantes del Patrimonio
Histórico Andaluz. Dicha aceptación queda exceptuada del requisito de previa aceptación
por Decreto del Consejo de Gobierno previsto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de
5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Los efectos del
artículo 87.1 deben considerarse extendidos a todos los bienes integrantes del Patrimonio
Histórico de nuestra Comunidad Autónoma, y no exclusivamente a los declarados de
interés cultural, o inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.
Por su parte, el artículo 3.6 del Reglamento de Organización Administrativa del
Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por el Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye
a la persona titular de la Consejería de Cultura y Deporte la competencia para aceptar estas
donaciones y legados de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz.

Otra información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía del día 11-10-2024

Autoridades y personal. (2024/199-6)

Orden de 8 de octubre de 2024, por la que se dispone el nombramiento de don Javier Salas Ramos como personal eventual en el puesto de Coordinación General del Gabinete de la Presidencia de la Junta de Andalucía.

Autoridades y personal. (2024/199-12)

Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se hace pública la resolución definitiva del concurso de méritos para la cobertura de un puesto de cargo intermedio de Coordinador/a de Cuidados de Enfermería de la Unidad de...

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3. Otras disposiciones. (2024/199-49)

Orden de 4 de octubre de 2024, por la que se acepta la donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía de un bien mueble de carácter artístico ofrecido por doña Julia Marchena Navarro.

5. Anuncios. (2024/199-78)

Anuncio de 8 de octubre de 2024, de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Sevilla, por el que se notifica a la persona interesada resolución en materia de las prestaciones sociales y económicas de personas con discapacidad PSPD (LISMI) .

5. Anuncios. (2024/199-80)

Notificación de 4 de octubre de 2024, de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Granada, por la que se notifican a los interesados los actos relativos a determinados procedimientos administrativos que se citan.

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