Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 30-12-2024
3. Otras disposiciones. (2024/251-64)
Orden de 16 de diciembre de 2024, por la que se modifica la Orden de 13 de enero de 2016, de la Consejería de Cultura, por la que se delega al Ayuntamiento de Arahal (Sevilla) la competencia para autorizar obras y actuaciones que desarrollen el Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico de Arahal (Sevilla).
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Orden de 16 de diciembre de 2024, por la que se modifica la Orden de 13 de enero de 2016, de la Consejería de Cultura, por la que se delega al Ayuntamiento de Arahal (Sevilla) la competencia para autorizar obras y actuaciones que desarrollen el Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico de Arahal (Sevilla).BOJA
Número 251 - Lunes, 30 de diciembre de 2024
página 56449/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Orden de 16 de diciembre de 2024, por la que se modifica la Orden de 13 de
enero de 2016, de la Consejería de Cultura, por la que se delega al Ayuntamiento
de Arahal (Sevilla) la competencia para autorizar obras y actuaciones que
desarrollen el Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico de Arahal
(Sevilla).
Vista la solicitud de delegación de la competencia presentada por el Ayuntamiento de
Arahal (Sevilla), para autorizar las obras y actuaciones que se ejecuten en el Conjunto
Histórico, sobre las que actualmente no tiene competencias delegadas, se resuelve con la
decisión que figura al final, a la que sirven de motivación los antecedentes y fundamentos
jurídicos siguientes:
A NTECEDENTES
Primero. Con fecha 29 de mayo de 2014, por el Pleno del Ayuntamiento de Arahal se
aprobó definitivamente el Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico de Arahal,
tras informe favorable de la Secretaria General de Cultura de 26 de diciembre de 2013,
a los efectos previstos en el artículo 29.4 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del
Patrimonio Histórico de Andalucía.
Segundo. El Ayuntamiento de Arahal con fecha 26 de mayo de 2015 solicitó,
al amparo de lo dispuesto en los artículos 30.4 y 40 de la Ley 14/2007, de 26 de
noviembre, la delegación de competencias de autorización de las obras y actuaciones
que desarrollen o ejecuten el Plan Especial de Protección en el ámbito del Conjunto
Histórico de Arahal. Aportaba junto con dicha solicitud una copia del plan aprobado
definitivamente debidamente diligenciada y se acreditaba la composición de la Comisión
técnica municipal.
Cuarto. Por Orden de 13 de enero de 2016, de la Consejería de Cultura, se resolvió
delegar al Ayuntamiento de Arahal (Sevilla) la competencia para autorizar las obras o
actuaciones que desarrollen o ejecuten el Plan Especial de Protección del Conjunto
Histórico de Arahal, aprobado en Pleno del Ayuntamiento de Arahal en sesión celebrada
el 29 de mayo de 2014, de acuerdo con el artículo 40.1 de la Ley 14/2007, de 26 de
noviembre, salvo en los siguientes casos:
- Las obras y actuaciones en los Monumentos, Jardines Históricos, Zonas Arqueológicas,
así como en el ámbito territorial vinculado a actividades de interés etnológico.
- Las demoliciones que afecten a inmuebles inscritos individualmente en el Catálogo
General del Patrimonio Histórico Andaluz o que formen parte del entorno de Bienes de
Interés Cultural.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313399
Tercero. Con fecha 23 de septiembre de 2015, la Delegación Territorial de Cultura,
Turismo y Deporte en Sevilla, evacuó informe sobre el documento de aprobación
definitiva del Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico de Arahal y sobre la
composición de la Comisión técnica municipal. El informe fue favorable considerando que
el instrumento de planeamiento contaba con regulación suficiente en orden a delegar las
competencias previstas en artículo 40.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, y que la
composición de la Comisión técnica municipal se ajustaba a lo previsto en el artículo 40.3
de la misma norma.
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