Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 16-01-2025

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Boletín Oficial Junta de Andalucía
16/01/2025

3. Otras disposiciones. (2025/10-16)

Orden de 30 de diciembre de 2024, por la que se aprueba el Plan de Inspección Programada en materia de Turismo para el año 2025, PIPA 2025.

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Orden de 30 de diciembre de 2024, por la que se aprueba el Plan de Inspección Programada en materia de Turismo para el año 2025, PIPA 2025.
Página 1 del anuncio BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 10 - Jueves, 16 de enero de 2025
página 348/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO Y ANDALUCÍA EXTERIOR

Establece el artículo 3.1.d) de la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de
Andalucía, que, de conformidad con las competencias establecidas en el artículo 71 del
Estatuto de Autonomía para Andalucía, corresponden a la Administración de la Junta
de Andalucía las potestades de inspección sobre las actividades turísticas, que serán
ejercidas, ex artículo 64.1 de la citada ley, por la Consejería competente en materia de
turismo a través de los correspondientes servicios de inspección.
Serán funciones de la inspección turística, de conformidad con el artículo 63 de la Ley
13/2011, de 23 de diciembre, además de la comprobación y control del cumplimiento de la
normativa vigente en materia de turismo, especialmente la persecución de las actividades
clandestinas; la emisión de los informes técnicos que solicite la Administración turística,
en particular en casos de clasificación de establecimientos turísticos, funcionamiento de
empresas y seguimiento de la ejecución de inversiones subvencionadas; la información y
asesoramiento a las personas interesadas, cuando así lo requieran, sobre sus derechos y
deberes, así como sobre la aplicación de la normativa turística vigente y aquellas otras le
encomiende la persona titular de la Consejería competente en materia turística.
El ejercicio de estas funciones se ordenará, en cumplimiento del artículo 67 de la
Ley 13/2011, de 23 de diciembre, mediante los correspondientes Planes de Inspección
Programada que se aprueben mediante orden de la persona titular de la Consejería
competente en materia de turismo.
En este sentido, el Decreto 144/2003, de 3 de junio, de la Inspección de Turismo,
establece en su artículo 34, que el ejercicio de la función inspectora se ordenará mediante
los correspondientes Planes de Inspección Programada conforme a los criterios de
eficacia, eficiencia y oportunidad.
Los Planes de Inspección Programada podrán ser anuales o extraordinarios,
constituyendo el Plan de Inspección Programada Anual, cuya aprobación para el ejercicio
2025 se realiza mediante la presente Orden, el marco básico de la actuación inspectora
para el cumplimiento periódico de los objetivos fijados por la Consejería competente en
materia de Turismo, según recoge el artículo 35 del Decreto 144/2003, de 3 de junio.
En consonancia con el Plan General del Turismo Sostenible de Andalucía META
2027, aprobado mediante el Decreto 218/2021, de 7 de septiembre, los objetivos que
asume esta Consejería en este Plan de Inspección quedan articulados mediante las
líneas estratégicas que se definen y que persiguen elevar el nivel cualitativo de la oferta
turística de Andalucía, detectar los servicios turísticos clandestinos, asesorar en el
cumplimiento de la normativa vigente y unificar criterios ante circunstancias homogéneas
de la actividad empresarial.
En este sentido, las líneas estratégicas quedarán desarrolladas a través de los
programas que se proponen, y entre los que cabe destacar aquellos cuyo objeto es
la comprobación de la adaptación a cambios normativos de determinadas tipologías
de establecimientos de alojamiento turístico, como son los programas dedicados a
la verificación en los campamentos de turismo en su diversa tipología clasificatoria
(campings, áreas de pernocta de autocaravanas, campamentos-cortijo y áreas de
acampada) de su adaptación a lo previsto en el Decreto 26/2018, de 23 de enero, de
ordenación de los campamentos de turismo, y de modificación del Decreto 20/2002, de
29 de enero, de Turismo en el Medio Rural y Turismo Activo, una vez cumplidos los plazos
previstos en el mismo para efectuar dicha adaptación; así como los programas destinados
a la verificación en los establecimientos hoteleros de los grupos hostales, pensiones y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00313960

Orden de 30 de diciembre de 2024, por la que se aprueba el Plan de Inspección
Programada en materia de Turismo para el año 2025, PIPA 2025.

Otra información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía del día 16-01-2025

3. Otras disposiciones. (2025/10-9)

Orden de 10 de diciembre de 2024, por la que se modifica la autorización del centro docente privado de educación secundaria «Ribamar» de Sevilla. (PP. 10276/2024).

3. Otras disposiciones. (2025/10-15)

Resolución de 13 de enero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo requerido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 7 de Sevilla, y se emplaza a terceros interesados.

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3. Otras disposiciones. (2025/10-17)

Resolución de 9 de enero de 2025, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Andaluza de Gimnasia.

5. Anuncios. (2025/10-28)

Anuncio de 13 de enero de 2025, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Málaga, por el que se hace pública la concesión del derecho a la subsidiación autonómica de préstamo cualificado a promotores de viviendas protegidas al amparo del Plan de Vivienda y Suelo...

5. Anuncios. (2025/10-29)

Anuncio de 7 de enero de 2025, de la Dirección Provincial de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía en Almería, de trámite de audiencia recaído en expediente administrativo en materia de vivienda protegida.

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