Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 28-01-2025
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Edicto de 20 de enero de 2025, de la Dirección de la Agencia Tributaria de Andalucía, por el que se rectifica el Edicto 7 de enero de 2025, por el que se se anuncia la publicación del censo de máquinas autorizadas a 1 de enero de 2025, concediéndose nuevo plazo de alegaciones.
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Edicto de 20 de enero de 2025, de la Dirección de la Agencia Tributaria de Andalucía, por el que se rectifica el Edicto 7 de enero de 2025, por el que se se anuncia la publicación del censo de máquinas autorizadas a 1 de enero de 2025, concediéndose nuevo plazo de alegaciones.Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 18 - Martes, 28 de enero de 2025
página 973/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Edicto de 20 de enero de 2025, de la Dirección de la Agencia Tributaria de
Andalucía, por el que se rectifica el Edicto 7 de enero de 2025, por el que se
se anuncia la publicación del censo de máquinas autorizadas a 1 de enero de
2025, concediéndose nuevo plazo de alegaciones.
Corregido un error generalizado en el censo puesto a disposición de los interesados
tras la publicación del Edicto de 7 de enero de 2025 (BOJA núm. 7, de 13 de enero de
2025), se anuncia la publicación de edicto rectificativo concediéndose un nuevo plazo de
alegaciones.
De conformidad con el artículo 53 de la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos
Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la tasa fiscal sobre las máquinas
recreativas y de azar será exigible trimestralmente y se devengará los días 1 de enero, 1
de abril, 1 de julio y 1 de octubre de cada año en cuanto a las autorizadas en trimestres
anteriores, habiéndose por tanto devengado el 1 de enero de 2025 la tasa correspondiente
al primer trimestre (1 de enero a 31 de marzo).
El artículo 75.1 del citado texto legal dispone que, con carácter previo a la expedición
de dichas liquidaciones y con efectos meramente informativos, el órgano gestor
procederá a publicar en la sede electrónica en la que se integren los servicios de la
Agencia Tributaria de Andalucía los datos del registro de matrículas de autorizaciones de
explotación de máquinas recreativas. Asimismo, se anunciará en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía mediante edicto de la Dirección de la Agencia Tributaria de Andalucía
dicha publicación, habilitando un plazo de diez días naturales para la realización de las
alegaciones por las personas interesadas.
Dicha publicación se realizará en la sede electrónica general de la Junta de Andalucía,
en la que se integran los servicios de la Agencia Tributaria de Andalucía. Concretamente,
dentro del Catálogo de Procedimientos y Servicios, a través del servicio «Consulta del
censo de máquinas recreativas y de azar» al que se podrá acceder directamente a través
del siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25493.html
Por todo lo dicho, con carácter previo a la expedición de las liquidaciones de la
tasa correspondiente al primer trimestre de 2025, se anuncia la publicación mediante el
presente edicto de los datos del registro de matrículas de autorizaciones de explotación
de máquinas recreativas vigentes a 1 de enero de 2025 rectificando el censo publicado
en Edicto de 7 de enero de 2025, de la Dirección de la Agencia Tributaria de Andalucía,
y se concede nuevamente el plazo legal de diez días naturales a partir del siguiente a la
fecha de su publicación en BOJA, para la realización de alegaciones por los interesados.
00314583
Sevilla, 20 de enero de 2025.- El Director, José Francisco Parra Soler.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Otra información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía del día 28-01-2025
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