Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 06-02-2025
3. Otras disposiciones. (2025/25-41)
Resolución de 29 de enero de 2025, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la Fundación Centro de Investigación y Terapias Avanzadas del Cáncer (CITAC).
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Resolución de 29 de enero de 2025, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la Fundación Centro de Investigación y Terapias Avanzadas del Cáncer (CITAC).BOJA
Número 25 - Jueves, 6 de febrero de 2025
página 1409/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 29 de enero de 2025, de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones
de Andalucía la Fundación Centro de Investigación y Terapias Avanzadas del
Cáncer (CITAC).
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción de procedimiento de constitución
en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación Centro de Investigación y
Terapias Avanzadas del Cáncer (CITAC), sobre la base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación Centro de Investigación y Terapias Avanzadas del Cáncer (CITAC)
fue constituida en escritura pública de fecha 12.7.24, otorgada ante el Notario del Ilustre
Colegio de Andalucía, Juan Carlos Martín Romero, con el número 4925 de su protocolo,
modificada por escritura pública de subsanación y complemento, de fecha 20.1.25,
otorgada ante el mismo Notario, con el número 320 de su protocolo.
Segundo. Fines.
Los fines de interés general de la Fundación, de acuerdo con lo dispuesto en sus
estatutos, son los siguientes:
El impulso y la promoción de actividades relacionadas con la investigación, la
innovación, el desarrollo tecnológico y la transferencia del conocimiento en el ámbito de
la oncología.
Tercero. Domicilio y ámbito de actuación.
El domicilio de la Fundación ha quedado establecido en el Centro de Investigaciones
Médico Sanitarias, C/ Marqués de Beccaria, 3, Campus de Teatinos, 29071 Málaga, y el
ámbito de actuación, conforme dispone la norma estatutaria, se extiende principalmente
al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Quinto. Patronato.
Presidente y patrono fundacional: Universidad de Málaga.
Vicepresidente y patrono fundacional: José Manuel Domínguez Martínez.
Patrono fundacional: Ayuntamiento de Málaga.
Patrono fundacional: Manuel Azuaga Moreno.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315020
Cuarto. Dotación.
La dotación inicial de la Fundación está constituida por una aportación dineraria
valorada en la suma de treinta mil euros (30.000,00 euros), de la que se ha realizado
un desembolso inicial por las entidades fundadoras de veintiocho mil doscientos
ochenta y siete euros (28.287,00 euros), que queda acreditado mediante certificaciones
bancarias unidas a la escritura pública de constitución y a la escritura de subsanación y
complemento.
El Excelentísimo Ayuntamiento de Málaga, como una de las entidades fundadoras,
manifiesta su compromiso expreso de hacer efectiva su aportación de 1.713 euros en un
plazo no superior a 5 años.
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