Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 14-02-2025
5. Anuncios. (2025/31-82)
Anuncio de 10 de febrero de 2025, de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Sevilla, por el que se publica la Resolución de 17 de diciembre de 2024, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo que se cita al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Once de Sevilla y se emplaza a los terceros interesados en el procedimiento abreviado.
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Anuncio de 10 de febrero de 2025, de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Sevilla, por el que se publica la Resolución de 17 de diciembre de 2024, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo que se cita al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Once de Sevilla y se emplaza a los terceros interesados en el procedimiento abreviado.BOJA
Número 31 - Viernes, 14 de febrero de 2025
página 1887/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Anuncio de 10 de febrero de 2025, de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz
de Empleo en Sevilla, por el que se publica la Resolución de 17 de diciembre
de 2024, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo que
se cita al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Once de Sevilla y se
emplaza a los terceros interesados en el procedimiento abreviado.
En cumplimiento de lo requerido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número
Once de Sevilla, y en razón del recurso contencioso-administrativo, procedimiento
ordinario número 279/2024, interpuesto por doña María del Pilar Arriaga Rodríguez en
nombre y representación del Colegio Bilingüe de Castilleja, S.L. (Yago School), contra el
Servicio Andaluz de Empleo, en base a la Resolución de 2 de julio de 2024, por la que se
desestima el recurso de alzada presentado contra la Resolución de la Dirección General
de Intermediación y Orientación Laboral, de 8 de abril de 2024 y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El art. 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que el Secretario Judicial requerirá a la
Administración que le remita el expediente administrativo, ordenándole que practique los
emplazamientos previstos en el art. 49. El expediente deberá ser remitido en el plazo
improrrogable de veinte días.
Segundo. Con arreglo al art. 49.1 de la citada LJCA, la resolución por la que se
acuerde remitir el expediente administrativo se notificará en los cinco días siguientes a
su adopción, a cuantos aparezcan interesados en él, emplazándoles para que puedan
personarse como demandados en el plazo de nueve días. La notificación se practicará
con arreglo a lo dispuesto en la ley que regule el procedimiento administrativo común.
RESU ELVO
Sevilla, 10 de febrero de 2025.- El Director, Antonio Augustín Vázquez.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con carácter previo
a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su
notificación.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315495
1.º Acordar la remisión del expediente administrativo correspondiente a Colegio
Bilingüe Castilla, S.L. (Yago School), a que se contrae el mencionado recurso, al Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo número Once de Sevilla.
2.º Notificar la presente resolución a cuantos aparezcan como interesados en
el procedimiento ordinario número 279/2024 para que puedan personarse como
demandados en las actuaciones, en el plazo de nueve días ante la Sala en legal forma,
haciéndoles saber que, de personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte
sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se
personaren oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya
lugar a practicarles notificación de clase alguna, según lo previsto en el artículo 50.3 de la
Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
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