Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 27-02-2025
Disposiciones generales. (2025/40-2)
Decreto 48/2025, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Catálogo de Prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía.
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Decreto 48/2025, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Catálogo de Prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía.Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 40 - Jueves, 27 de febrero de 2025
página 2746/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Los servicios sociales son el conjunto de servicios, recursos y prestaciones orientados
a garantizar el derecho de todas las personas a la protección social frente a situaciones
de necesidad, en los términos recogidos en la legislación, y tienen como finalidad la
prevención, atención o cobertura de las necesidades individuales y sociales básicas
de las personas en su entorno, con el fin de alcanzar o mejorar su bienestar. Estos
servicios, configurados como un elemento esencial del estado de bienestar, están
dirigidos a alcanzar el pleno desarrollo de los derechos de las personas en la sociedad y
a promocionar la cohesión social y la solidaridad.
El Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 10, establece, entre los
objetivos básicos de nuestra Comunidad Autónoma, la cohesión social, mediante un
eficaz sistema de bienestar público, con especial atención a los colectivos y zonas más
desfavorecidos social y económicamente, para facilitar su integración plena en la sociedad
andaluza, propiciando así la superación de la exclusión social y la especial atención a las
personas en situación de dependencia. Por otra parte, el artículo 23 del mismo texto
normativo garantiza el derecho de toda la ciudadanía a acceder en condiciones de igualdad
a las prestaciones de un sistema público de servicios sociales. Asimismo, su artículo 60
establece que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en
materia de régimen local y el artículo 61 determina que corresponde a la Comunidad
Autónoma la competencia exclusiva en materia de servicios sociales, lo que en todo
caso incluye la regulación, ordenación y gestión de servicios sociales, las prestaciones
técnicas y las prestaciones económicas con finalidad asistencial o complementarias de
otros sistemas de protección pública, así como la regulación y la aprobación de planes y
programas específicos dirigidos a personas y colectivos en situación de necesidad social,
y las instituciones públicas de protección y tutela de personas necesitadas de protección
especial, incluida la creación de centros de ayuda, reinserción y rehabilitación.
El artículo 2.1 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de
Andalucía, establece que el Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía tiene por
objeto la protección y la adecuada cobertura de las necesidades sociales, derivadas de
la interacción de las personas con su entorno, sea éste grupal o comunitario. Asimismo,
el apartado 3 del mismo artículo indica que el sistema garantiza su objetivo mediante
el acceso a un conjunto de prestaciones y servicios contemplados en el Catálogo de
Prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía.
El artículo 41 del mismo texto legal establece que el Catálogo de Prestaciones
es el instrumento que determinará el conjunto de prestaciones del Sistema Público
de Servicios Sociales y que definirá, entre otras, las características de calidad, la
necesidad a la que da respuesta, los criterios de financiación y la naturaleza jurídica de
cada prestación. Asimismo, el apartado 7 del mismo artículo indica que el Catálogo se
aprobará reglamentariamente, a propuesta de la Consejería competente en materia de
servicios sociales.
Por otro lado, la Ley incorpora el enfoque de género en el modelo de intervención
de los servicios sociales de Andalucía, evitando la perpetuación de roles de género,
reconociendo el valor humano de la provisión de cuidados, y reivindicando el
reparto igualitario de esta tarea entre mujeres y hombres. De ahí que el Catálogo
de Prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía deba de
responder a esta exigencia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316353
Decreto 48/2025, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Catálogo de
Prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía.
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