Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 12-03-2025
3. Otras disposiciones. (2025/48-20)
Resolución de 7 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se aprueba el formulario de solicitud de acto de conciliación laboral.
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Resolución de 7 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se aprueba el formulario de solicitud de acto de conciliación laboral.Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 48 - Miércoles, 12 de marzo de 2025
página 3438/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
La Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, dedica el Capítulo I
del Título V a la conciliación o mediación previas y los laudos arbitrales, disponiendo su
artículo 63 que será requisito previo para la tramitación del proceso laboral el intento de
conciliación o, en su caso, de mediación ante el servicio administrativo correspondiente
o ante el órgano que asuma estas funciones que podrá constituirse mediante los
acuerdos interprofesionales o los convenios colectivos a los que se refiere el artículo
83 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, así como mediante los acuerdos de interés
profesional a los que se refieren el artículo 13 y el artículo 18.1 de la Ley 20/2007, de 11
de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo.
El Real Decreto 2756/1979, de 23 de noviembre, por el que el Instituto de Mediación,
Arbitraje y Conciliación asume parte de las funciones que tiene encomendadas, establece
en su artículo 6 que la conciliación se promueve mediante papeleta, especificando los
extremos que debe contener: los datos personales de la persona que la presente y de las
demás personas o entidades interesadas y sus domicilios respectivos; lugar y clase de
trabajo, categoría profesional u oficio, antigüedad, salario y demás remuneraciones, con
especial referencia a la que, en su caso, sea objeto de reclamación; enumeración clara y
concreta de los hechos sobre los que verse su pretensión y cuantía económica, si fuere
de esta naturaleza; si se trata de reclamación por despido, la fecha de éste y los motivos
alegados por la Empresa; fecha y firma.
El artículo 6 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica,
simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de
Andalucía, prevé entre los criterios de reducción de cargas y simplificación documental
la normalización documental, fundamentalmente de los formularios de solicitud,
diseñando modelos que faciliten y agilicen su cumplimentación, con los datos mínimos
necesarios para identificar a la persona interesada y facilitando, cuando sea posible,
su cumplimentación anticipada. Asimismo, dispone que los documentos e impresos
deberán estar en todo caso disponibles en formato electrónico accesible. Por su parte,
el artículo 12 regula los formularios como pieza esencial de la gestión administrativa, en
muchos casos el cauce de iniciación de los procedimientos, además de una importante
herramienta de simplificación administrativa. Entre otras cuestiones, prevé que deberán
estar inscritos en el Registro de Procedimientos y Servicios y que se configurarán de
manera intuitiva y fácilmente accesible, utilizando un lenguaje claro que favorezca
su comprensión por la ciudadanía, bajo los principios de accesibilidad, neutralidad e
interoperabilidad; que indicarán claramente qué datos o documentos son de aportación
obligatoria por así exigirlo la normativa aplicable; que incluirán, en su caso, un apartado
específico para que la persona física interesada indique si desea relacionarse en dicho
procedimiento por medios presenciales o electrónicos, opción que no podrá ejercerse por
quienes tengan el deber de relacionarse por medios electrónicos; que irán acompañados,
siempre que su complejidad así lo aconseje, de las instrucciones necesarias para
su correcta cumplimentación y presentación; que habrán de estar redactados en un
lenguaje inclusivo y que todos los formularios y modelos específicos que tengan carácter
obligatorio por establecerlo así de manera expresa la norma o acto de aprobación
deberán ser publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Conforme a lo previsto en el artículo 14.2, letras c) y d), de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317042
Resolución de 7 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo,
Seguridad y Salud Laboral, por la que se aprueba el formulario de solicitud de
acto de conciliación laboral.
Otra información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía del día 12-03-2025
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