Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 22-05-2025
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Acuerdo de 22 de abril de 2025, del Pleno de la Diputación Provincial de Córdoba, de ampliación de la delegación de competencias del Ayuntamiento de Pedro Abad sobre gestión recaudatoria. (PP. 965/2025).
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Acuerdo de 22 de abril de 2025, del Pleno de la Diputación Provincial de Córdoba, de ampliación de la delegación de competencias del Ayuntamiento de Pedro Abad sobre gestión recaudatoria. (PP. 965/2025).Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 96 - Jueves, 22 de mayo de 2025
página 6507/1
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DIPUTACIONES
Acuerdo de 22 de abril de 2025, del Pleno de la Diputación Provincial de
Córdoba, de ampliación de la delegación de competencias del Ayuntamiento de
Pedro Abad sobre gestión recaudatoria. (PP. 965/2025).
El Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, con fecha 22 de abril de
2025, adoptó acuerdo sobre aceptación de la ampliación de delegación sobre gestión
recaudatoria del Ayuntamiento de Pedro Abad en favor de la Excma. Diputación Provincial
de Córdoba:
Primero. Aceptar la ampliación de la delegación de competencias acordada por el
Pleno del Ayuntamiento de Pedro Abad, respecto a todas las facultades que en materia
de recaudación le confiere la legislación vigente al Ayuntamiento, referidas a las
autoliquidaciones y liquidaciones directas, sobre los tributos y otros ingresos públicos de
titularidad municipal, con el siguiente alcance y contenido:
1. La delegación surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
2. La delegación tendrá una vigencia indefinida hasta su revocación por el Ayuntamiento
de Pedro Abad o la renuncia por parte de la Diputación Provincial de Córdoba.
3. La delegación de las facultades recaudatorias comprenderá, entre otras, las
siguientes funciones: determinar los plazos de cobro en período voluntario; practicar la
notificación de liquidaciones; emisión de documentos de cobro; gestión y contabilización
de ingresos; expedir las relaciones certificadas de deudores; dictar la providencia de
apremio y ejecución de bienes; resolución de expedientes de devolución de ingresos
indebidos; liquidar intereses de demora; acordar el aplazamiento y fraccionamiento de
las deudas; tramitación y resolución de los expedientes de crédito incobrables; resolución
de los recursos que se interpongan contra los actos de recaudación; así como las
actuaciones necesarias para la asistencia e información a los obligados al pago.
4. El ejercicio de las facultades delegadas habrá de ajustarse a los procedimientos,
trámites y medidas en general, jurídicas o técnicas fijadas en la legislación vigente y
la Ordenanza General de Gestión, Inspección y Recaudación de Ingresos de Derecho
Público de la Diputación de Córdoba.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320108
12. Ampliación de la delegación de competencias sobre gestión recaudatoria
por parte del Ayuntamiento de Pedro Abad en favor de la Diputación Provincial
de Córdoba. (GEX: 2025/18171). También se conoce del expediente instruido en
el Instituto de Cooperación con la Hacienda Local, en el que igualmente consta
informe de la Secretaria Delegada de dicho Organismo Autónomo con nota
de conformidad del Sr. Secretario General, así como propuesta suscrita por el
Sr. Gerente del citado Organismo, del siguiente tenor:
«Adoptado acuerdo por el Pleno del Ayuntamiento de Pedro Abad, en sesión
extraordinaria de fecha 26 de marzo de 2025, según certificación expedida por la
Secretaría, sobre ampliación de la delegación de competencias recaudatorias en favor de
la Diputación Provincial.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las
Haciendas Locales, se propone al Pleno de la Corporación, previos los trámites que se
consideren oportunos, la adopción del siguiente acuerdo:
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