Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 16-06-2025
Disposiciones generales. (2025/113-3)
Decreto 110/2025, de 11 de junio, por el que se modifica el Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.
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Decreto 110/2025, de 11 de junio, por el que se modifica el Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Lunes, 16 de junio de 2025
página 8508/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
El artículo 11 del Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración
de Consejerías, establece que la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
mantiene las competencias contempladas en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de
julio, sobre reestructuración de Consejerías. Este último, en el artículo 5, determina que
corresponden a la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo las competencias
que tenía atribuidas la anterior Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo,
incluyendo la formación profesional para el empleo como principal política activa de
empleo existente, salvo las competencias en materia de juventud. Igualmente, se le
atribuyen las competencias hasta ahora asignadas a la Consejería de Transformación
Económica, Industria, Conocimiento y Universidades en materia de comercio y artesanía.
El Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la
Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, en su artículo 1.b), determina que
corresponden a esta Consejería, entre otras, las competencias atribuidas a la Comunidad
Autónoma de Andalucía sobre los programas de tiempo libre y, en su artículo 8.2.b), se
establece que la gestión de programas de Residencias de Tiempo Libre será competencia
de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral.
De acuerdo con el principio de buena administración establecido en el artículo 31
del Estatuto de Autonomía para Andalucía y en el artículo 5 de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, tras el análisis del funcionamiento
de este servicio de Residencias de Tiempo Libre y las diferentes razones expuestas,
mediante Acuerdo de 21 de noviembre de 2023, del Consejo de Gobierno, se instó a
la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo a iniciar los trámites para la
supresión del servicio de las Residencias de Tiempo Libre de la Junta de Andalucía. En
desarrollo de dicho mandato se ha procedido ya a la recolocación de todo el personal
de la Junta de Andalucía que forma parte de las plantillas de estas residencias, en
diferentes centros de trabajo, tras un proceso de reubicación personalizado y negociado,
conforme a sus categorías profesionales; también, se ha producido la desadscripción de
los inmuebles que las acogían, así como la desaparición del programa presupuestario
que le daba cobertura.
El mencionado proceso encaminado a la supresión del servicio de las Residencias
de Tiempo Libre de la Junta de Andalucía precisa la modificación del Decreto 155/2022,
de 9 de agosto, adecuando el ejercicio de las competencias de la Consejería de Empleo,
Empresa y Trabajo Autónomo así como su estructura orgánica al mandato incluido en
el citado Acuerdo de 21 de noviembre de 2023. Asimismo, se introduce una mejora de
la redacción en el régimen de suplencias que regula el artículo 3 del Decreto 155/2022,
de 9 de agosto, contemplando también la suplencia de las personas titulares de los
órganos administrativos en aquellos casos en que haya sido declarada su abstención o
recusación, conforme a la previsión que efectúa el artículo 13 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Esta modificación no afecta a derechos o intereses legítimos por cuanto se trata de
una mera constatación formal del proceso de extinción de las Residencias de Tiempo
Libre, el cual ha seguido sus cauces procedimentales oportunos y en el que sí se han
valorado los derechos o intereses afectados.
El presente decreto cumple con los principios de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, de conformidad con el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322107
Decreto 110/2025, de 11 de junio, por el que se modifica el Decreto 155/2022,
de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de
Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.
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