Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 21-07-2025
3. Otras disposiciones. (2025/138-31)
Orden de 5 de mayo de 2025, por la que se acepta la donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía de tres bienes muebles de carácter artístico.
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Orden de 5 de mayo de 2025, por la que se acepta la donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía de tres bienes muebles de carácter artístico.BOJA
Número 138 - Lunes, 21 de julio de 2025
página 10197/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Orden de 5 de mayo de 2025, por la que se acepta la donación a favor de
la Comunidad Autónoma de Andalucía de tres bienes muebles de carácter
artístico.
Doña Francisca Hornos Mata, en su propio nombre, ha ofertado la donación de tres
bienes muebles de carácter artístico, relacionados en anexo. Los mencionados bienes
se consideran de interés para las colecciones de arte contemporáneo del Museo de
Jaén, por incorporar dos obras de Soledad Sevilla (Valencia, 1944), referente artístico
internacional de la investigación conceptual y espacial, así como una obra de Ángeles
Agrela (Sevilla, 1966), artista multidisciplinar que construye nuevas identidades subjetivas
e irónicas a partir de objetos cotidianos.
El Museo de Jaén, museo de titularidad estatal cuya gestión fue transferida a
la Comunidad Autónoma de Andalucía mediante el Real Decreto 864/1984, de 29 de
febrero, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma
de Andalucía en materia de cultura, informa sobre el interés del conjunto ofertado, siendo
de igual modo informada favorablemente la idoneidad del mencionado conjunto para el
citado museo tanto por la Comisión Andaluza de Bienes Muebles, como por el Servicio
de Museos, de la Dirección General de Museos y Conjuntos Culturales.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero. El Decreto 169/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Cultura y Deporte, determina en su artículo 1.1 que
corresponde a esta Consejería la propuesta, desarrollo, ejecución, coordinación y control
de las directrices generales del Consejo de Gobierno en relación con las competencias
atribuidas por el Estatuto de Autonomía a la Comunidad Autónoma de Andalucía en
materia de cultura y deporte, disponiendo el artículo 9 las competencias de la Dirección
General de Museos y Conjuntos Culturales en esta materia.
Tercero. Los apartados 1 y 2 del artículo 101 del Reglamento de Protección y Fomento
del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por el Decreto 19/1995, de 7 de febrero,
establecen que las personas propietarias que pretendan donar bienes integrantes
del Patrimonio Histórico Andaluz a la Junta de Andalucía se dirigirán por escrito a la
Consejería de Cultura, describiendo los bienes objeto de donación y aportando cuantos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323795
Segundo. La Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía,
faculta en su artículo 87.1 a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico,
para aceptar las donaciones y legados de bienes muebles integrantes del Patrimonio
Histórico Andaluz.
Los efectos del artículo 87.1 deben considerarse extendidos a todos los bienes
integrantes del Patrimonio Histórico de nuestra Comunidad Autónoma, y no exclusivamente
a los declarados de interés cultural, o inscritos en el Catálogo General del Patrimonio
Histórico Andaluz.
Por su parte, en base al artículo 3.6 del Reglamento de Organización Administrativa
del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por el Decreto 4/1993, de 26
de enero, se considera competente para aceptar donaciones y legados de bienes muebles
integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz, a la persona titular de la Consejería de
Cultura y Deporte.
Otra información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía del día 21-07-2025
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