Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 06-08-2025
3. Otras disposiciones. (2025/150-19)
Resolución de 28 de julio de 2025, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Almería, por la que se aprueba el Programa anual de inspección, vigilancia y control de aprovechamientos en la provincia de Almería para 2025.
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Resolución de 28 de julio de 2025, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Almería, por la que se aprueba el Programa anual de inspección, vigilancia y control de aprovechamientos en la provincia de Almería para 2025.BOJA
Número 150 - Miércoles, 6 de agosto de 2025
página 10997/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Resolución de 28 de julio de 2025, de la Delegación Territorial de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Almería, por la que se aprueba el Programa
anual de inspección, vigilancia y control de aprovechamientos en la provincia de
Almería para 2025.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El 21 de enero de 2025, el Servicio de Gestión del Dominio Público Hidráulico
y Calidad de Aguas de esta Delegación Territorial eleva al Servicio de Gestión de DPH
de las Cuencas Mediterráneas propuesta de Programa anual de inspección, vigilancia y
control de aprovechamientos en la provincia de Almería para 2025, requiriendo el informe
previo de verificación.
Segundo. Con fecha 8 de mayo de 2025, el Servicio de Concesiones y Autorizaciones
de la Comisaria de Aguas, verifica que en la propuesta presentada por la Delegación
Territorial se han aplicado los criterios comunes establecidos en la instrucción de 22
de marzo de 2021 de la Dirección General de Planificación y Recursos Hídricos y está
debidamente justificado el programa anual de inspecciones de la provincia.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, tiene
encomendadas las competencias en materia de inspección y vigilancia del dominio
público hidráulico competencia de la Junta de Andalucía, ejerciendo las funciones de
policía sobre los aprovechamientos, según el artículo 11.4.b) de la Ley 9/2010, de 30 de
julio, de Aguas de Andalucía.
Tercero. Según el apartado núm. 6 de la Instrucción de la Dirección General de
Planificación y Recursos, de 22 de marzo de 2021, por la que se establecen los criterios
comunes para la inspección, vigilancia y control de aprovechamientos de agua, cada
Delegación Territorial elaborará y aprobará un Programa anual de inspección de
aprovechamientos de aguas, requiriendo previamente informe del Servicio de Gestión
del Dominio Público Hidráulico de la Dirección General de Planificación y Recursos
Hídricos, según la demarcación hidrográfica que corresponda, y ello para verificar que se
han aplicado criterios comunes y debidamente justificados en los diferentes programas
provinciales de inspección de una misma demarcación hidrográfica.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324595
Segundo. De conformidad con el artículo 49.3 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de
Aguas de Andalucía, con carácter anual, aprobará y ejecutará directamente o, en su
caso, a través de sus entes instrumentales, un programa de inspecciones de acuerdo con
los siguientes criterios:
a) Aprovechamientos denegados.
b) Aprovechamientos que hayan sido objeto de sanciones con anterioridad.
c) Aprovechamientos situados sobre masas de agua subterránea, especialmente sobre
las identificadas en riesgo de no alcanzar el buen estado.
d) Aprovechamientos que afecten a abastecimiento de poblaciones.
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