Resolución de 25 de agosto de 2026, de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, por la que se aprueba el desarrollo de las líneas estratégicas de formación del profesorado establecidas en el III Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado y la elaboración de los proyectos de formación para el curso 2026/2027.
Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 31-08-2026
3. Otras disposiciones. Consejería de Educación. (2026/168-15)
Resolución de 25 de agosto de 2026, de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, por la que se aprueba el desarrollo de las líneas estratégicas de formación del profesorado establecidas en el III Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado y la elaboración de los proyectos de formación para el curso 2026/2027.
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Resolución de 25 de agosto de 2026, de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, por la que se aprueba el desarrollo de las líneas estratégicas de formación del profesorado establecidas en el III Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado y la elaboración de los proyectos de formación para el curso 2026/2027.Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 168 - Lunes, 31 de agosto de 2026
página 11333/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
Resolución de 25 de agosto de 2026, de la Dirección General de Innovación y
Formación del Profesorado, por la que se aprueba el desarrollo de las líneas
estratégicas de formación del profesorado establecidas en el III Plan Andaluz
de Formación Permanente del Profesorado y la elaboración de los proyectos de
formación para el curso 2026/2027.
El Decreto 93/2013, de 27 de agosto, por el que se regula la formación inicial y
permanente del profesorado en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como
el Sistema Andaluz de Formación Permanente del Profesorado, establece en su
artículo 16.1 que el Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado constituye
el documento que establece las líneas estratégicas de actuación en materia de formación
del profesorado, de acuerdo con los intereses y prioridades educativas de cada momento.
En este sentido, el III Plan Andaluz de Formación del Profesorado, aprobado por Orden
de 31 de julio de 2014, con carácter plurianual, determina dichas líneas estratégicas.
El Decreto 194/2026, de 30 de julio, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Educación, en su artículo 12.3, explicita como funciones que
corresponden a la persona titular de la Dirección General de Innovación y Formación
del Profesorado, la elaboración de las orientaciones generales del Sistema Andaluz de
Formación Permanente del Profesorado y la coordinación de todas sus estructuras.
Asimismo, el Decreto 93/2013, de 27 de agosto, en su artículo 16.5 establece que
la persona titular de la Dirección General competente en materia de formación del
profesorado determinará por Resolución el desarrollo de las líneas estratégicas del
III Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado para cada curso escolar.
Dicho decreto establece, por otra parte, que anualmente, los centros del profesorado
concretarán en su Proyecto de Formación las actuaciones derivadas del desarrollo de
las líneas estratégicas de dicho plan y de las necesidades formativas de los planes
de formación del profesorado de los centros docentes de su zona de actuación. Las
acciones formativas se basarán preferentemente en el análisis, la reflexión y la mejora
de la práctica docente y de la organización de los centros a través de metodologías, de
investigación y acción con implicación directa de todos los participantes en ellas, y serán
los centros y las aulas principalmente los ámbitos ordinarios para el desarrollo de las
actividades de formación permanente.
Para el curso académico 2026/2027, la Consejería de Educación va a fijar las prioridades
formativas del profesorado en aquellos aspectos nucleares de los procesos de enseñanza
y aprendizaje que garanticen en el alumnado andaluz la adquisición de los aprendizajes
imprescindibles generadores de conocimiento centrando el foco en la formación de la
didáctica de las matemáticas, de la competencia lectora, de la lengua castellana y la literatura
y de las lenguas extranjeras, de las ciencias sociales y humanas y del ámbito científico y
tecnológico y de artes. Además, cobrará igualmente especial transcendencia y prioridad
acompañar al profesorado en la adecuación del proceso de enseñanza-aprendizaje bajo el
enfoque de prácticas reales de éxito en atención a la diversidad.
En su virtud, esta Dirección General
Primero. Objeto.
La formación del profesorado andaluz se transformará en un motor de vanguardia
para la evolución de la competencia profesional docente y directiva durante el curso
escolar 2026/2027, persiguiendo las siguientes finalidades estratégicas:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00342563
RESU ELV E
Otra información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía del día 31-08-2026
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