Acuerdo de 31 de agosto de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la extinción de la concesión para la prestación del servicio público de comunicación audiovisual televisivo de ámbito local en la demarcación de Estepona (ref. TL03MA), otorgada a la entidad pública de gestión «TDT Estepona, Manilva, Casares y Benahavís, S.L.».
Información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 03-09-2026
3. Otras disposiciones. Consejería de Presidencia, Sanidad y Emergencias. (2026/171-14)
Acuerdo de 31 de agosto de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la extinción de la concesión para la prestación del servicio público de comunicación audiovisual televisivo de ámbito local en la demarcación de Estepona (ref. TL03MA), otorgada a la entidad pública de gestión «TDT Estepona, Manilva, Casares y Benahavís, S.L.».
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Acuerdo de 31 de agosto de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la extinción de la concesión para la prestación del servicio público de comunicación audiovisual televisivo de ámbito local en la demarcación de Estepona (ref. TL03MA), otorgada a la entidad pública de gestión «TDT Estepona, Manilva, Casares y Benahavís, S.L.».Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 171 - Jueves, 3 de septiembre de 2026
página 11431/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, SANIDAD Y EMERGENCIAS
Acuerdo de 31 de agosto de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se
declara la extinción de la concesión para la prestación del servicio público
de comunicación audiovisual televisivo de ámbito local en la demarcación
de Estepona (ref. TL03MA), otorgada a la entidad pública de gestión «TDT
Estepona, Manilva, Casares y Benahavís, S.L.».
Por Acuerdo de 27 de julio de 2010, del Consejo de Gobierno, se otorgó la concesión
para la gestión directa municipal del servicio público de televisión local por ondas
terrestres, en la demarcación de Estepona (ref. TL03MA), a la entidad pública de gestión
«TDT Estepona, Manilva, Casares Y Benahavís, S.L.» (BOJA núm. 156, de 10 de agosto
de 2010).
Mediante Resolución de 19 de septiembre de 2022, del Departamento de Gestión
Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se publica la revocación,
entre otros, del número de identificación fiscal B93046548, correspondiente a la razón
social «TDT Estepona, Manilva, Casares Y Benahavís, S.L.» (BOE núm. 229, de 23 de
septiembre de 2022).
El artículo 51.3.b) del Decreto 90/2025, de 2 de abril, por el que se desarrolla la
Ley 10/2018, de 9 de octubre, Audiovisual de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 49.2 de dicha Ley 10/2018, de 9 de octubre, y en conexión con el artículo
31.b) de la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual, contempla
como causa de extinción de la concesión la extinción de la personalidad jurídica de su
titular. Asimismo, el artículo 50 de dicho decreto atribuye al Consejo de Gobierno la
competencia para declarar, mediante acuerdo, esa extinción.
En virtud de cuanto antecede, a propuesta del Vicepresidente Primero de la Junta de
Andalucía y Consejero de Presidencia, Sanidad y Emergencias, y previa deliberación del
Consejo de Gobierno en su reunión del día 31 de agosto de 2026,
ACUERDA
Primero. Declarar, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 50 y 51.3.b)
del Decreto 90/2025, de 2 de abril, por el que se desarrolla la Ley 10/2018, de 9
de octubre, Audiovisual de Andalucía, en el artículo 49.2 de dicha Ley 10/2018, de 9 de
octubre, y en el artículo 31.b) de la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación
Audiovisual, la extinción de la concesión para la prestación del servicio público de
comunicación audiovisual televisivo de ámbito local en la demarcación de Estepona
(ref. TL03MA), otorgada a la entidad pública de gestión «TDT Estepona, Manilva, Casares
y Benahavís, S.L.».
Segundo. La extinción de la concesión lleva aparejada la pérdida de la condición de
persona prestadora de dicho servicio, y comporta el cese de la prestación del mismo.
Cuarto. Facultar a la Dirección General de Comunicación Social para practicar las
actuaciones administrativas precisas para la efectividad material del cumplimiento del
presente acuerdo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00342661
Tercero. Disponer la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del
presente acuerdo.
Otra información oficial del Boletín Oficial Junta de Andalucía del día 03-09-2026
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