Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 24-10-2023
V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2023-30887)
Anuncio de la Subdirección General de Dominio Público Hidráulico e Infraestructuras de la Dirección General del Agua del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, relativo a la información pública de la "SEPARATA DE EXPROPIACIONES DEL PROYECTO CONSTRUCTIVO DE LA AMPLIACIÓN Y REMODELACIÓN DE LA EDAR DE PALMA II", y la relación de bienes y derechos afectados. "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la unión Europea – Next Generation EU". Clave: 11.307-0473/2111.
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Anuncio de la Subdirección General de Dominio Público Hidráulico e Infraestructuras de la Dirección General del Agua del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, relativo a la información pública de la "SEPARATA DE EXPROPIACIONES DEL PROYECTO CONSTRUCTIVO DE LA AMPLIACIÓN Y REMODELACIÓN DE LA EDAR DE PALMA II", y la relación de bienes y derechos afectados. "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la unión Europea – Next Generation EU". Clave: 11.307-0473/2111.Núm. 254
Martes 24 de octubre de 2023
Sec. V-B. Pág. 50285
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
30887
Anuncio de la Subdirección General de Dominio Público Hidráulico e
Infraestructuras de la Dirección General del Agua del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, relativo a la información
pública de la "SEPARATA DE EXPROPIACIONES DEL PROYECTO
CONSTRUCTIVO DE LA AMPLIACIÓN Y REMODELACIÓN DE LA
EDAR DE PALMA II", y la relación de bienes y derechos afectados.
"Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por
la unión Europea – Next Generation EU". Clave: 11.307-0473/2111.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley de 16 de diciembre
de 1954 de Expropiación Forzosa y artículos 17 y 18 del Decreto de 26 de abril de
1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa; así
como lo establecido en el artículo 83 de la ley 39/2015, de 26 de noviembre, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, se somete a información pública la "SEPARATA DE EXPROPIACIONES
DEL PROYECTO CONSTRUCTIVO DE LA AMPLIACIÓN Y REMODELACIÓN DE
LA EDAR DE PALMA II", y la relación de bienes y derechos afectados. Clave:
11.307-0473/2111.
El Saneamiento de la Bahía de Palma fue declarado obra de interés general
del Estado, por el Real Decreto-ley 3/1993, de 26 de febrero, de medidas urgentes
sobre materias presupuestarias, tributarias, financieras y de empleo, publicado en
el BOE núm. 52 de 2 de marzo de 1993, incluido en el Art. 9 Anexo III punto 6.
Las "Actuaciones de Saneamiento y depuración en Palma" se encuentran
incluidas en el Anexo I "Actuaciones de interés general" del "Protocolo General
entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y el Gobierno de las
Islas Baleares, por el que se fija el marco general de colaboración en el ámbito del
saneamiento y la depuración. Ejecución del Plan Nacional de Calidad de las
Aguas: Saneamiento y Depuración 2007-2015".
Por lo anterior, fue licitado por la Dirección General del Agua el contrato de
"Servicios para la realización del estudio de alternativas y redacción del
anteproyecto de la ampliación y remodelación de la E.D.A.R. de Palma II (Islas
Baleares)". La fecha de firma del contrato de servicios fue el 24 de mayo de 2018.
La primera trata las aguas provenientes de la Bahía de Palma, el aeropuerto y
el excedente de Palma II, las cuales llegan a la planta, mayoritariamente, a través
de tuberías de impulsión. Palma II recibe las aguas residuales generadas en la
ciudad de Palma, las comprendidas entre playa Pineda, San Agustín y del
municipio de Marratxí, así como las de polígonos industriales de la zona. Estas
aguas llegan a la EDAR mediante colectores de gravedad, en su mayoría.
La planta actual de Palma II no dispone de capacidad para tratar la totalidad
del caudal que recibe, por lo que parte de los mismos se impulsan a la planta de
Palma I. Asimismo, la planta de Palma II no tiene operativa la línea de fangos, por
lo que éstos son bombeados a Palma I, en la que se tratan los de ambas
instalaciones (Palma II y Palma I).
cve: BOE-B-2023-30887
Verificable en https://www.boe.es
En la actualidad existen dos estaciones depuradoras para el tratamiento de las
aguas residuales de Palma: EDAR Palma I y EDAR Palma II.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 24-10-2023
Resolución de 10 de octubre de 2023, del Ayuntamiento de Fraga (Huesca), referente a la convocatoria para proveer varias plazas.
Resolución de 16 de octubre de 2023, del Ayuntamiento de La Vilavella (Castellón), referente a la convocatoria para proveer una plaza.
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