Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 29-12-2023

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Boletín Oficial del Estado
29/12/2023

III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Protección de deudores hipotecarios. (BOE-A-2023-26711)

Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de diciembre de 2023, por el que se modifica el Código de Buenas Prácticas de medidas urgentes para deudores hipotecarios en riesgo de vulnerabilidad.

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Contenido de la primera página

Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de diciembre de 2023, por el que se modifica el Código de Buenas Prácticas de medidas urgentes para deudores hipotecarios en riesgo de vulnerabilidad.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Viernes 29 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 176922

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
26711

Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de
Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del
Consejo de Ministros de 27 de diciembre de 2023, por el que se modifica el
Código de Buenas Prácticas de medidas urgentes para deudores
hipotecarios en riesgo de vulnerabilidad.

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 27 de diciembre de 2023, ha adoptado
un Acuerdo por el que se modifica el Código de Buenas Prácticas de medidas urgentes
para deudores hipotecarios en riesgo de vulnerabilidad previsto en el Real
Decreto-ley 19/2022, de 22 de noviembre, por el que se establece un Código de Buenas
Prácticas para aliviar la subida de los tipos de interés en préstamos hipotecarios sobre
vivienda habitual, se modifica el Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas
urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, y se adoptan otras
medidas estructurales para la mejora del mercado de préstamos hipotecarios, que fue
aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de noviembre de 2022 (en
adelante Código de Buenas Prácticas), en los términos establecidos en el anexo.
A los efectos de dar publicidad al mencionado Acuerdo del Consejo de Ministros
de 27 de diciembre de 2023, esta Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la
Empresa ha resuelto disponer la publicación del mismo en el «Boletín Oficial del Estado»
como anexo a la presente resolución.
Madrid, 27 de diciembre de 2023.–El Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la
Empresa, Gonzalo García Andrés.
ANEXO

1. Modificar el Código de Buenas Prácticas de medidas urgentes para deudores
hipotecarios en riesgo de vulnerabilidad previsto en el Real Decreto-ley 19/2022, de 22
de noviembre, por el que se establece un Código de Buenas Prácticas para aliviar la
subida de los tipos de interés en préstamos hipotecarios sobre vivienda habitual, se
modifica el Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección
de deudores hipotecarios sin recursos, y se adoptan otras medidas estructurales para la
mejora del mercado de préstamos hipotecarios, que fue aprobado por Acuerdo de
Consejo de Ministros de 22 de noviembre de 2022 (en adelante Código de Buenas
Prácticas), en los términos establecidos en el anexo.
2. Todas las entidades que, a la fecha de aprobación de este acuerdo, se
encontrasen adheridas al «Código de Buenas Prácticas para deudores hipotecarios en
riesgo de vulnerabilidad», de conformidad con la redacción vigente en el momento de su
adhesión, se considerarán adheridas al mencionado Código en la redacción dada en
este acuerdo, salvo que, en el plazo de quince días desde su publicación, comuniquen
expresamente a la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional que
solicitan estar excluidos.
Las entidades o personas físicas que tuvieran en su cartera préstamos hipotecarios
sobre vivienda de personas físicas, y que a la entrada en vigor de este acuerdo no
estuvieran adheridas al Código de Buenas Prácticas para deudores hipotecarios en
riesgo de vulnerabilidad, contarán con el plazo máximo de quince días para comunicar
por escrito su adhesión al Código de Buenas Prácticas para deudores hipotecarios en
riesgo de vulnerabilidad, conforme a la redacción dada en este acuerdo. Los detalles

cve: BOE-A-2023-26711
Verificable en https://www.boe.es

El Consejo de Ministros acuerda:

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