Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 18-01-2024
T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Autos. (BOE-A-2024-992)
Pleno. Auto 665/2023, de 12 de diciembre de 2023. Recurso de amparo 3966-2022. Inadmite una recusación formulada en el recurso de amparo 3966-2022, promovido por doña Blanca Parga Landa en proceso contencioso administrativo.
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Pleno. Auto 665/2023, de 12 de diciembre de 2023. Recurso de amparo 3966-2022. Inadmite una recusación formulada en el recurso de amparo 3966-2022, promovido por doña Blanca Parga Landa en proceso contencioso administrativo.Núm. 16
Jueves 18 de enero de 2024
Sec. TC. Pág. 7234
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
992
Pleno. Auto 665/2023, de 12 de diciembre de 2023. Recurso de amparo
3966-2022. Inadmite una recusación formulada en el recurso de amparo
3966-2022, promovido por doña Blanca Parga Landa en proceso contencioso
administrativo.
ECLI:ES:TC:2023:665A
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Cándido
Conde-Pumpido Tourón, presidente, y las magistradas y magistrados doña Inmaculada
Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer Callejón,
don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel
Jorquera, doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, don César Tolosa Tribiño y don
Juan Carlos Campo Moreno, en el recurso de amparo núm. 3966-2022, interpuesto por
doña Blanca Parga Landa, frente a las resoluciones adoptadas en un proceso
contencioso administrativo, ha dictado el siguiente
AUTO
Antecedentes
1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 3 de junio de 2022, la procuradora
de los tribunales doña Rosa María Martínez Virgili, en nombre y representación de doña
Blanca Parga Landa, quien asume su propia defensa, interpuso un recurso de amparo
contra: (i) el art. 9 de la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de
determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del
estado de alarma en aplicación de la fase 1 del plan para la transición hacia una nueva
normalidad; (ii) el art. 9 de la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización
de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del
estado de alarma en aplicación de la fase 2 del plan para la transición hacia una nueva
normalidad; y (iii) el art. 9 de la Orden SND/458/2020, de 30 de mayo, para la
flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la
declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 3 del plan para la transición
hacia una nueva normalidad. En la demanda se alega la vulneración de los derechos
fundamentales reconocidos en los arts. 16.1 CE, en su vertiente del derecho al culto
y 16.3 CE, en razón de que las órdenes impugnadas habrían obviado el mandato de
colaboración del Estado con la Iglesia católica.
Posteriormente, por escrito de 17 de junio de 2022, se amplía el objeto del recurso
de amparo a la sentencia de 7 de marzo de 2022, dictada por la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Supremo, desestimatoria del recurso interpuesto contra las
órdenes SND/399/2020, SND/414/2020 y SND/458/2020, así como a la providencia de la
misma sala, de 27 de abril de 2022, que inadmitió el incidente excepcional de nulidad de
actuaciones interpuesto contra la sentencia de 7 de marzo.
2. La Secretaría de Justicia de la Sección Primera del Tribunal Constitucional, por
diligencia de ordenación de 7 de junio de 2022, tiene por recibido el escrito de demanda,
notificándose así al Ministerio Fiscal y a la representación de la demandante. El 7 de julio
del mismo año se dicta nueva diligencia, teniendo por recibido el escrito complementario
de la demanda de 17 de junio de 2022, que ampliaba el objeto del recurso de amparo.
cve: BOE-A-2024-992
Verificable en https://www.boe.es
I.
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