Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 09-02-2024
III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-2437)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Collarada Solar, SLU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Collarada Solar, de 50,24 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Santorcaz y Anchuelo (Madrid) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Collarada Solar, SLU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Collarada Solar, de 50,24 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Santorcaz y Anchuelo (Madrid) y se declara, en concreto, su utilidad pública.Núm. 35
Viernes 9 de febrero de 2024
Sec. III. Pág. 15499
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
2437
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Collarada Solar, SLU, autorización
administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la
instalación fotovoltaica Collarada Solar, de 50,24 MW de potencia instalada, y
su infraestructura de evacuación, en Santorcaz y Anchuelo (Madrid) y se
declara, en concreto, su utilidad pública.
Collarada Solar, SLU, solicitó, con fecha 6 de agosto de 2020, autorización
administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en
concreto, de utilidad pública de la instalación fotovoltaica Collarada Solar de 200 MWp, y
su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Santorcaz y Anchuelo,
en la provincia de Madrid.
Mediante Resolución de 20 de abril de 2023 de la Dirección General de Política
Energética y Minas, se otorgó a Collarada Solar, SLU, autorización administrativa previa
para el parque fotovoltaico Collarada Solar de 50,24 MW de potencia instalada y su
infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Santorcaz y Anchuelo, en
la provincia de Madrid (en adelante, Resolución de autorización administrativa previa),
publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 113, de 12 de mayo de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización
administrativa previa, y derivado de la tramitación efectuada de conformidad con los
artículos 125 y siguientes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se
regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el promotor se
comprometió a llevar a cabo determinadas modificaciones sobre el proyecto, en
particular, en respuesta a los informes de Canal de Isabel II, SA, de la Dirección General
de Infraestructura de la Secretaría de Estado de Defensa del Ministerio de Defensa y de
la Secretaría General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y
Deporte de la Comunidad de Madrid, consistentes en:
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización
administrativa previa, en el marco de la evaluación de impacto ambiental practicada, el
promotor presentó, con fecha 1 de agosto de 2022, adenda al estudio de impacto
ambiental y nuevos proyectos de la instalación fotovoltaica y de la línea de evacuación,
con modificaciones consistentes en:
– Reducir la superficie de la planta solar fotovoltaica eliminando su afección al
corredor ecológico de Los Yesos.
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización
administrativa previa, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes
cve: BOE-A-2024-2437
Verificable en https://www.boe.es
– Compatibilizar sus infraestructuras con las de Canal de Isabel II afectadas
inicialmente y obtener la autorización por parte de dicho organismo.
– Reducir la superficie de implantación del proyecto en consonancia con las
directrices de la Dirección General de Infraestructura de la Secretaría de Estado de
Defensa del Ministerio de Defensa.
– Presentar un documento definitivo en el que se especifiquen de forma concreta y
pormenorizada aquellos aspectos de la ejecución de la obra que tengan afecciones en el
subsuelo y/o los detalles precisos de su travesía por los cascos urbanos.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 09-02-2024
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