Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 08-03-2024
III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Fundaciones. (BOE-A-2024-4565)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Kids + Foundation.
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Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Kids + Foundation.Núm. 60
Viernes 8 de marzo de 2024
Sec. III. Pág. 27802
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
4565
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de
Fundaciones la Fundación Kids + Foundation.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Kids + Foundation.
Antecedentes de hecho
Primero.
Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por doña Juana María Martínez-Piqueras
Martínez, doña Gloria Serrano Grau, don Carlos Godina Queralt, doña Eva María Pinel
Calamita y doña Elvira Calvo Adiego, según resulta de la escritura otorgada ante el
Notario de Colmenar Viejo, don Luis Félix López Sanz, como sustituto por
incompatibilidad reglamentaria de su compañero de Tres Cantos, don David del Arco
Ramos, y para su protocolo, el 13 de julio de 2023, con el número 2.673 de protocolo,
subsanada mediante diligencia de 17 de octubre de 2023.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle de la Azalea, 747, C.P.
28109 de Alcobendas en Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio
del Reino de España.
Tercero.
Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
desembolsada íntegramente según se acredita con certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Fines de la Fundación.
De investigación científica, desarrollo o innovación en todo aquello relacionado con
las altas capacidades especialmente en las primeras etapas de la vida.
Cívicos, en cuanto fomentar el apoyo social y profesional a las personas
diagnosticadas con altas capacidades.
Educativos, especialmente para la formación de profesionales, incluidos los
profesores y sanitarios, y de todas aquellas personas que trabajan alrededor de las
personas con altas capacidades y sus familias.
Quinto. Patronos.
Doña Juana María Martínez-Piqueras Martínez, doña Gloria Serrano Grau, doña Eva
María Pinel Calamita y doña Elvira Calvo Adiego.
cve: BOE-A-2024-4565
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 08-03-2024
Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se declara la jubilación de don Eduardo Bravo Romero, registrador de la propiedad de Burgos n.º 2.
Resolución de 28 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se declara la jubilación del notario de Valencia don Juan Bautista Bover Belenguer.
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Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Claudia Tecglen.
Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa («Scomber scombrus») de las zonas 8c y 9a para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco...
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